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Conflictos urbanísticos

Absuelto de un delito urbanístico porque su obra será legalizada

Un vecino de Gerena (Sevilla) ha sido absuelto de un delito urbanístico, por el que el fiscal pidió para él un año de cárcel, porque la "nave con aspecto de vivienda" que construyó va a ser legalizada por el Ayuntamiento y no consta que "obrara con plena consciencia de su ilicitud".

La sentencia del Juzgado Penal número 3 recoge que el acusado J. M. V. poseía un terreno catalogado como olivar de regadío, donde los propietarios de la zona negociaban con el Ayuntamiento convertirlo en huertos familiares y permitir la construcción de naves para aperos agrícolas. El procesado levantó una nave "con aspecto externo de vivienda", de 60 metros cuadrados, dice el juez, pero precisa que no tenía tabiques y que nadie la ha visto por dentro, por lo que "ningún testigo ha podido afirmar que no constituyera una edificación para facilitar las labores agrícolas".

El juez basa la absolución en que el municipio tiene intención de legalizar ahora todas las construcciones similares y en que el propio secretario municipal declaró en el juicio que "hasta hace cuatro años el funcionamiento del Ayuntamiento en el tema urbanístico dejaba bastante que desear". Así, según dicho funcionario, las licencias se concedían "mediante la presentación de un escrito, sin proyecto técnico y pagando la correspondiente licencia o sanción".

Sentencias contradictorias

El acusado se ha visto libre del año de cárcel que pidió el fiscal para él y de la obligación de derribar. Este caso es una de las numerosas querellas de la Fiscalía Especial de Urbanismo de Sevilla contra construcciones ilegales en suelos protegidos de la provincia, que hasta ahora se han resuelto con sentencia totalmente contradictorias de los distintos juzgados a los que han correspondido, según fuentes judiciales.

En este caso, el juez indica que el acusado compró en 2002 un terreno "no urbanizable y donde no se podía realizar ninguna construcción", pero cuyos propietarios llegaron a negociar con la alcaldía para construir naves para aperos de hasta 30 metros cuadrados. La posibilidad de realizar estas edificaciones estaba prevista entonces por la legislación, por lo que el juez entiende que "no consta suficientemente acreditado que el acusado actuara con plena conciencia de obrar con ilicitud".

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Destaca también que el secretario municipal dijo en el juicio que la corporación pretende "integrar dichos suelos como urbanizables en el futuro Plan General de Ordenación Urbana", actualmente en redacción. Por tanto, la edificación objeto del juicio "sería autorizable y el suelo urbanizable", concluye el juez para absolver al propietario.

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