El Constitucional censura a Atutxa por excluir el voto fallido de una parlamentaria
El tribunal concluye que lesionó los derechos del PSE en la votación de las cuentas de 2005
El Tribunal Constitucional ha censurado con dureza la actuación del ex presidente del Parlamento, el peneuvista Juan María Atutxa, al no permitir ejercitar el derecho al voto a la entonces parlamentaria socialista Irene Novales Villa en diciembre de 2004, en una actuación que permitió al Gobierno aprobar los presupuestos del año siguiente. El Constitucional declara que Atutxa no sólo violó los derechos de la parlamentaria al excluir su voto por el mal funcionamiento del sistema electrónico, sino los de todos los miembros del Grupo Socialista y los del propio grupo como tal. Atutxa no quiso ayer hacer ningún comentario sobre la sentencia.
Durante la sesión del Parlamento vasco celebrada el 28 de diciembre de 2004, que debatía los presupuestos para el año siguiente, la socialista Irene Novales accionó el botón del "No", pero su voto no subió al panel que registra las votaciones. La parlamentaria hizo gestos ostensibles de la anomalía tanto a Atutxa como al portavoz de su grupo, Rodolfo Ares. Su voto no fue computado y ello dio vía libre a unas cuentas, que, de otro modo, no habrían salido adelante.
La sentencia de la Sala Segunda del Constitucional afirma que "recae sobre los órganos de la Cámara, y en especial sobre su presidente, la tarea de demostrar que la diputada tuvo una conducta negligente", pero entiende que, por el contrario, Novales "actuó correctamente", entre otras cosas "porque ningún interés puede suponérsele en crear un situación en la que ella y su grupo fueron los principales perjudicados".
En cambio, la actuación de la presidencia del Parlamento Vasco supuso "pura y simplemente" lesionar el derecho a votar de la parlamentaria, asegura el Constitucional, que no considera "lógico" que ante un problema técnico del sistema de votación electrónico la única reacción de Atutxa fuese negarse a comprobar la anomalía y en su caso, repetir la votación, "con las graves consecuencias que ello implicaba para el resultado" de la misma "y para el conocimiento del auténtica voluntad de la Cámara".
El Constitucional otorga así el amparo a Novales y lo extiende a todo su grupo. "Los grupos representan un papel de gran importancia, aglutinando y dando forma a las diferentes corrientes políticas presentes en las Cámaras", dice el alto tribunal, al señalar que se le privó de la efectividad de un voto que hubiese supuesto el rechazo de las cuentas. "Se ha lesionado el derecho tanto de los parlamentarios, como del grupo, a expresar su rechazo colectivo a una medida legislativa", concluye.
Decisión "declarativa"
El alto tribunal anula en consecuencia la decisión de Atutxa y otra de la Mesa de la Cámara que la ratificó, pero reconoce que el fallo tiene un contenido "exclusivamente declarativo", ya que aquella legislatura concluyó y la Ley de Presupuestos tuvo una vigencia anual que ya ha concluido.
La sentencia contiene un voto particular del magistrado Vicente Conde, que entiende que a Atutxa debe exigírsele que vele por el adecuado funcionamiento del sistema de votación y no por la diligencia o negligencia de la parlamentaria.
El actual portavoz socialista en la Cámara de Vitoria, José Antonio Pastor, expresó ayer su satisfacción. La sentencia muestra "la razón" que les asistía cuando plantearon el recurso "en defensa del derecho al voto de una representante de la voluntad popular, un derecho que había sido quebrantado, que es el más sagrado que tiene un parlamentario y el que debe prevalecer por encima de cualquier otra consideración". El PSE tenía también razón cuando dijo "que el sistema electrónico está para ayudar al parlamentario y no para arrebatarle el derecho al voto", añadió.
Atutxa, hoy presidente de la Fundación Sabino Arana, no quiso opinar sobre la decisión.
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