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Entrevista:GONZALO LÓPEZ EBRI | Fiscal coordinador de la sección de Civil

"El legislador cada vez tiene más vocación de que intervenga el fiscal"

La Fiscalía de Valencia se propuso hace un año intensificar la protección de las personas internadas de forma involuntaria en una residencia como consecuencia de una incapacidad transitoria o definitiva. La ley ya descasaba en el fiscal esa protección. Sin embargo, dos circulares firmadas por el fiscal jefe Ricard Cabedo a finales de 2005 pusieron en marcha un sistema de control de la situación personal de las personas que han sido internadas en una residencia tras un auto judicial y de su patrimonio. En un año, el equipo de la sección civil que coordina Gonzalo López Ebri, de 55 años, ha inspeccionado cerca de 300 residencias, ha denunciado 40 casos de expolio del patrimonio de esas personas, ha logrado la suspensión cautelar de los poderes otorgados por los afectados cuando tenían plenas facultades y que seguían vivos cuando su situación ya no era la de dominio de su voluntad. López Ebri ha coordinado más de 1.000 actuaciones para poner freno al manejo de patrimonios de personas incapaces. Residencias y Administración han tenido que ser colaboradores necesarios para garantizar los derechos y el patrimonio de esas personas.

"Se insta el control patrimonial y cuando se observa una irregularidad en la disposición se incoan las diligencias penales"
"Se puede fácilmente expoliar todo el patrimonio de una persona que no está incapacitada sino simplemente internada"

Pregunta. ¿Por qué hasta ahora no existía un control tan minucioso de esas situaciones?

Respuesta. Esta fiscalía también actuó antes. La Fiscalía General del Estado dictó circulares que datan de 1984, 1987 y 1990. En ellas se instaba a que se realizaran estas actividades. Pero hay que tener claro que no es la plantilla del ministerio fiscal lo suficientemente amplia como sería deseable para poder desarrollar esta función en toda su intensidad. Necesita de una dedicación prácticamente en exclusiva que la plantilla no puede hacer. La vocación cada vez mayor del legislador de que el fiscal intervenga cada vez más comporta muchas veces que la intensidad de la intervención no sea de la calidad que se desearía. La sensibilidad por este tema ha sido un factor muy importante. Hemos hecho un esfuerzo importantísimo. Y de hecho, las instrucciones dadas por el fiscal jefe de esta fiscalía han sido repartidas a todas las fiscalías del Estado.

P. ¿En qué se concreta el trabajo?

R. En comprobar que todas las personas que estén internadas tengan un auto de internamiento, es decir, se proteja el derecho a la libertad y a la salud sabiendo que está regulada su situación dentro de una residencia. A partir de ese momento, se comienzan a inspeccionar las residencias y se inician diligencias pre-procesales. En todas las residencias, se va a intentar averiguar quién es la persona que ejerce la tutoría o la guarda de hecho fuera de la residencia. A continuación, se les va citando a la fiscalía y se les va intentando averiguar cuál es el patrimonio de la persona que está dentro de esa residencia. Se insta el control patrimonial y cuando se observa una irregularidad en la disposición se incoan las diligencias penales. Si se observa que es una simple irregularidad que no reviste caracteres de delito, a través del juzgado que tramita el internamiento, se le exige que dicte medidas cautelares de protección del patrimonio. Esas diligencias pre-procesales, han sido más de 1.000 en este 2006.

P. ¿Qué pasa con los poderes otorgados que tienen los guardadores de hecho? ¿Qué valor tienen?

R. En muchos casos, existen poderes otorgados por las personas internas en la residencia o sobre las que se presenta una demanda de incapacidad y la gente, con la creencia de que las cosas son así, queremos pensar, sigue utilizando esos poderes. Es el ejemplo de una persona que ingresa a su madre en una residencia, tiene poderes otorgados por ella, y hasta que se muere su madre sigue utilizando esos poderes, manejando las cuentas corrientes, disponiendo con esos poderes de los bienes inmuebles, realizando contratos de compra-venta, realizando cualquier tipo de actividad que afecta a la esfera del patrimonio de la persona que está en la residencia y por el contrario esa persona ya no tiene capacidad para mantener esos poderes. La consecuencia que se produce es que así como el tutor, en una sentencia de incapacidad, sí que tiene un control porque efectivamente se examina todos los años el contenido de la tutela, el que efectivamente es guardador de hecho y tiene unos poderes en su mano y los utiliza, queda sustraído de cualquier control ni por parte del ministerio fiscal ni por parte de la autoridad judicial. Así las cosas, se puede fácilmente expoliar todo el patrimonio de una persona que no está incapacitada sino simplemente internada.

P. ¿Cómo se detecta ese expolio?

R. Una de las formas es a través de las entrevistas que realizamos aquí en fiscalía cuando citamos a los guardadores de hecho. Y otra es a través de las propias residencias. Existe lo que se denomina bono-residencia. Ese sistema permite que parte de los gastos los satisfaga directamente la Administración a la residencia, la otra parte restante va contra la cuenta de la persona internada. En el momento en que nosotros vemos que no se satisface por parte de quien está cobrando fuera de la residencia la pensión, sabemos que algo está pasando. Hay un supuesto muy alarmante que hemos descubierto y que consiste en que se traslada a una persona de una residencia a otra en otro municipio, se paga el primer mes, y a partir de ese momento no se encuentra a ningún familiar pero sí que vemos que la cuenta corriente va vaciándose todos los meses mediante la utilización de una tarjeta de crédito. Esa es una situación muy fácil de darse. El 80% de las personas que están en una residencia no tienen una sentencia de incapacidad, simplemente tienen en su mayoría un auto de internamiento.

P. ¿La residencia es en algún supuesto guardadora de hecho de los internos?

R. No, desde el punto de vista patrimonial en ningún supuesto.

P. ¿Ha encontrado la Fiscalía irregularidades en las propias residencias?

R. No, en ningún caso.

P. ¿Cuántos casos de internos con patrimonio mal administrado por terceros ha detectado la fiscalía?

R. Hemos visto alrededor de 40 intervenciones importantes en las que se ha visto que no sólo estaba en riesgo el patrimonio sino que había sido expoliado, o porque se ha estado sacando dinero con una tarjeta durante un año o porque se han vendido inmuebles a precios por debajo del mercado. En esos supuestos, hemos citado en la fiscalía, se han incoado las oportunas diligencias de investigación penal y se ha dado traslado al juzgado para su seguimiento y se exige desde la fiscalía el reintegro del mismo.

P. ¿Existe un perfil común?

R. En los supuestos en los hemos visto una mala utilización del patrimonio, se puede ver que se ha hecho sobre patrimonios importantes y sobre los que son de escaso contenido económico. Hemos encontrado supuestos de familia directísima y supuestos de familia más lejana así como de quien se dedica a la "obra de caridad" interesada.

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