_
_
_
_
Reportaje:

Dos semanas para 'apañar' la renta

El nuevo IRPF amplía la posibilidad de aprovechar deducciones, desgravaciones y reducciones en la próxima declaración

No quedan muchos días pero sí los suficientes para llevar a cabo las operaciones -sobre acciones, participaciones en fondos, hipotecas, planes de pensiones, seguros...- necesarias para preparar la próxima declaración de renta (a presentar en mayo-junio de 2007) lo más limpia posible. Limpia en el sentido de aprovechar al máximo las deducciones, desgravaciones y reducciones en vigor para pagar tan sólo lo justo a Hacienda. Este año, con la vista puesta en el nuevo IRPF, las posibilidades están mucho más abiertas.

Para hacer una simulación de lo que será la próxima declaración de renta se puede tomar como base la presentada con cargo a 2005

La tarea es algo más complicada este fin de año. No hay que perder de vista que, muy especialmente, el tratamiento fiscal del ahorro será radicalmente distinto a partir del 1 de enero de 2007, con la entrada en vigor del nuevo impuesto sobre el rendimiento de las personas físicas (IRPF), que además contempla nuevos tipos impositivos (entre el 24% y el 43% frente a los actuales entre el 15% y el 45%), nuevos mínimos personales, más amplias reducciones de los rendimientos del trabajo...

En principio, para hacer una adecuada simulación de lo que será la próxima declaración de renta se puede tomar como base la presentada con cargo al año 2005, aunque teniendo en cuenta que la tarifa está actualizada. Y, a partir de ahí, jugar con ella para evitar los aspectos negativos de la nueva regulación y aprovechar al máximo sus posibles oportunidades. De nuevo, los aspectos básicos en los que hay que centrarse son:

- Los planes de pensiones (únicos productos de ahorro que ofrecen la ventaja fiscal inmediata de reducir los impuestos que habrá que pagar en mayo-junio próximos), cuyas aportaciones habrá que tratar de elevar al máximo.

- Las inversiones patrimoniales (acciones, fondos e inmuebles), sobre las que habrá que recabar una información precisa sobre sus ganancias y pérdidas y el plazo de generación de las mismas. En general, no compensará deshacer posiciones cortas (de menos de un año) y, sin embargo, sí hacerlo con las más largas (más de un año).

- Los créditos hipotecarios, que siempre y cuando se utilicen para financiar la vivienda habitual (no valen las segundas residencias), los importes a ellos destinados proporcionan al ciudadano una deducción de, al menos, el 15% sobre la cuota a pagar en el IRPF.

- Los rendimientos procedentes de operaciones de capitalización, de contratos de seguro de vida o invalidez y de imposición de capitales, pues dejarán de tener descuentos a partir del próximo año.

- Los intereses derivados de inversiones en renta fija, depósitos... que, salvo para los particulares con tipos marginales por debajo del 18%, resultarán más rentables en el futuro.

- Las donaciones a distintas instituciones sin ánimo de lucro, pues siguen ofreciendo reducciones en el volumen de impuestos a pagar de entre el 15% y el 25% de su importe.

Cualquier decisión que se tome sobre alguno de estos aspectos tendrá su reflejo en la declaración de renta 2006, que habrá de presentarse en mayo-junio de 2007. No sólo eso: todas las operaciones encaminadas a reducir los futuros impuestos (planes de pensiones, amortización de hipotecas, donativos...) conllevan un desembolso, una renuncia a un capital que invertir libremente. Todas las operaciones dirigidas a minimizar la carga fiscal futura (muy especialmente vender acciones, fondos...) suponen asumir que, en los próximos meses, Hacienda pasará factura y, por tanto, que, en mayor o menor medida, se reducirá igualmente el capital que invertir.

Vender ahora acciones con más de un año en la cartera es fiscalmente más ventajoso que hacerlo en enero.
Vender ahora acciones con más de un año en la cartera es fiscalmente más ventajoso que hacerlo en enero.EFE

Tributaciones

- 1. TRIBUTACIÓN DE LAS GANANCIAS PATRIMONIALES SOBRE ACCIONES, PARTICIPACIONES EN FONDOS E INMUEBLES ADQUIRIDOS DESPUÉS DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1994.

IRPF 2006

- Las plusvalías efectivas (en el caso de los fondos, no se traspasa el dinero de uno a otro) tributan a los tipos marginales de cada contribuyente (entre el 15% y el 45%) si su antigüedad es inferior al año.

- Las plusvalías efectivas tributan al 15% si se han mantenido en el patrimonio más de un año.

IRPF 2007

- Todas las ganancias patrimoniales tributan, sin importar cuánto tiempo haya transcurrido entre su compra y su venta, al 18%.

- 2. TRIBUTACIÓN DE LAS GANANCIAS PATRIMONIALES SOBRE ACCIONES, PARTICIPACIONES EN FONDOS E INMUEBLES ADQUIRIDOS ANTES DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1994.

- PARA LAS VENDIDAS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2006 Y EL 19 DE ENERO DE 2006 (AMBOS INCLUSIVE)

-Los coeficientes de abatimiento (un 11,11% en inmuebles, 14,28% en fondos y 25% acciones por cada año de más en el patrimonio hasta el 31 de diciembre de 1996 redondeado por exceso) se aplican íntegramente sobre las ganancias obtenidas. La parte sujeta a impuestos tributa al 15%.

- PARA LAS VENDIDAS ENTRE EL 20 DE ENERO DE 2006 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2006 (AMBOS INCLUSIVE)

-Los coeficientes de abatimiento (un 11,11% en inmuebles, 14,28% en fondos y 25% acciones por cada año de más en el patrimonio hasta el 31 de diciembre de 1996 redondeado por exceso) se aplican exclusivamente sobre las ganancias registradas hasta el 31 de diciembre de 2005 (20 de enero en caso de inmuebles). Si el precio de venta fuera inferior a este valor de referencia, los coeficientes se aplican sobre la totalidad de las plusvalías.

-La parte sujeta a impuestos tributa al 15%.

- PARA LAS VENDIDAS A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2007

-Los coeficientes de abatimiento (un 11,11% en inmuebles, 14,28% en fondos y 25% acciones por cada año de más en el patrimonio hasta el 31 de diciembre de 1996 redondeado por exceso) se aplican exclusivamente sobre las ganancias registradas hasta el 31 de diciembre de 2005 (20 de enero en caso de inmuebles). Si el precio de venta fuera inferior a este valor de referencia, los coeficientes se aplican sobre la totalidad de las plusvalías.

-La parte sujeta a impuestos tributa al 18%.

- 3. COMPENSACIÓN ENTRE GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES IRPF 2006

- Las ganancias y las pérdidas patrimoniales se compensan entre sí siempre y cuando se hayan logrado en el mismo plazo (más o menos de un año).

- Las minusvalías regulares (menos de 12 meses) pueden, si no existen plusvalías regulares, compensarse con hasta el 10% de los rendimientos.

- Éste es el último año para compensar las pérdidas patrimoniales logradas en 2002.

IRPF 2006

-Las ganancias y pérdidas patrimoniales se compensarán entre sí, al margen de si se han logrado en más o menos de un año.

- Las pérdidas regulares acumuladas entre 2003 y 2006 podrán compensar cualquier otro tipo de beneficios patrimoniales o bien reducir hasta el 25% del importe de otros ingresos distintos del ahorro

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_