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El Superior mantiene la suspensión cautelar del tipo del impuesto de Sociedades

El País

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha vuelto a desestimar la petición de que se levante la suspensión de la normativa del Impuesto de Sociedades de 2005 por aplicación directa de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso Azores. En un auto comunicado ayer, la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza los recursos de súplica presentados en tal sentido por la Diputación y las Juntas Generales de Guipúzcoa y Confebask. En los próximos días se fallarán los de Álava y Vizcaya.

Como ya hizo el pasado 4 de octubre, el Superior señala que la novedosa jurisprudencia europea -el Tribunal de Luxemburgo aceptó en septiembre la posibilidad de que, en determinadas condiciones, una región tenga unos tipos impositivos inferiores a los del Estado al que pertenece- no afecta para nada a la revocación o alzamiento de la suspensión cautelar del Impuesto de Sociedades. En todo caso, añade, tendría efectos sobre el fondo del asunto -es decir, si un tipo impositivo diferente constituye o no ayuda de Estado-, sobre el que el Superior no se ha pronunciado nunca. La Sala suspendió cautelarmente el tipo del 35% que aprobaron en mayo de 2005 las diputaciones, por ser idéntico al que anuló meses el Tribunal Supremo.

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