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Andalucía aprueba una reforma legal para limitar el crecimiento urbanístico

La Junta de Andalucía aprobó ayer el decreto que impedirá crecimientos urbanísticos disparatados en los 770 municipios de la comunidad. La norma prohíbe expansiones que signifiquen incrementos superiores al 40% del suelo urbanizable o del 30% de la población durante un periodo de ocho años.

Estos límites entrarán en vigor en cuanto se publiquen en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, aunque de hecho se habían aplicado ya a los 40 ayuntamientos que han modificado recientemente sus planes urbanísticos para adaptarse a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, que entró en vigor en 2003. En la actualidad, los municipios andaluces están en pleno proceso de revisión de sus planes generales de ordenación urbana para adaptarlos a esta ley autonómica. En varios casos, como Almuñécar (Granada), María (Almería) o localidades del Aljarafe sevillano, se estaban tramitando planes que contemplaban aumentos residenciales que superaban con creces los límites establecidos ahora.

Los topes fijados al crecimiento de viviendas en los municipios andaluces recibieron luz verde en el Parlamento autónomo el pasado 26 de octubre. El consejero andaluz de la Presidencia, Gaspar Zarrías, explicó ayer que estos límites sólo podrán superarse en casos "excepcionales" que deberán aprobarse en los planes subregionales de ordenación del territorio y bajo la "supervisión" de la Junta. Su objetivo, explicó, reside en evitar actuaciones "contrarias al desarrollo racional en Andalucía".

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