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Tres municipios deben medir ya el ruido del aeropuerto de Loiu

Un juzgado de Bilbao ha ordenado también al Ayuntamiento de Zamudio que mida el impacto sonoro que causa el tráfico de aviones del aeropuerto de Loiu. Es el tercer municipio de la zona del aeródromo bilbaíno que se ve obligado a evaluar la contaminación acústica, tras los fallos emitidos contra Loiu y Derio en mayo pasado. En el caso de Zamudio, la sentencia es firme, al haberse tramitado mediante el procedimiento abreviado.

Estas resoluciones dan la razón a la asociación ecologista Lur Maitea, que lleva diez años de reclamaciones por el posible riesgo a la salud de la actividad del aeropuerto de Loiu. En los núcleos residenciales próximos al aeródromo se superan con frecuencia los 65 decibelios, el máximo recomendable para las personas, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). La normativa del a Unión Europea establece que el impacto acústico no puede superar los 65 decibelios durante el día y los 45 por la noche.

El último fallo, dictado el pasado 26 de septiembre por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Bilbao y notificado ayer, rechaza los argumentos esgrimidos por el consistorio de Zamudio que trasladaba la responsabilidad de medir los ruidos al Estado, como responsable de la gestión aeroportuaria. En la vista oral, el representante del Ayuntamiento adujo que "nada ni nadie" puede obligarles a realizar las mediciones, pese a reconocer que cualquier ciudadano puede solicitar esta información.

Control estrecho del impacto

La sentencia dictada por el titular del Juzgado número 4, Fernando Goizueta, señala que la carta europea referida a las administraciones locales proclama que éstas tendrán que velar para que "los vecinos disfruten de un medio ambiente adecuado y que las molestias que produce el aeropuerto se reduzcan al máximo". Por ello, precisa que debe realizar sus propios estudios acústicos periódicos y "controlar estrechamente" que los aviones cumplan la ley en materia de ruidos.

El juez insta también al consistorio de Zamudio a que solicite a la dirección del aeropuerto de Loiu "el envío periódico de la información ambiental relevante para el medio ambiente acústico del municipio".

Concluye la resolución que Zamudio debe realizar la medición de ruidos en los lugares "más significativos" del municipio, entre los que cita las zonas residenciales y las áreas de equipamiento público, "bien a través de sus medios técnicos o de la Diputación" de Vizcaya.

Los argumentos son prácticamente idénticos a los esgrimidos por el Juzgado número 2 que condenó a los consistorios de Loiu y Derio. Sin embargo, estos municipios todavía no han cumplido las resoluciones judiciales. En septiembre, el juez ordenó de nuevo a Loiu que evaluara el impacto sonoro y le dio un plazo concreto para que explicará cómo hará las mediciones.

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