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Reportaje:

25 años para la indemnización de un envenenamiento masivo

El Poder Judicial admite demoras injustas en el pago a 19 afectados de la colza

Veinticinco años después de que se registrara la primera muerte causada por la ingesta de aceite de colza desnaturalizado, cuando se cumplen ocho años desde que la Audiencia Nacional ordenara el pago de indemnizaciones a los más de 19.000 afectados por la intoxicación masiva del síndrome tóxico, el Consejo General del Poder Judicial considera que la Justicia falló en el resarcimiento de 19 personas. El órgano de gobierno de los jueces admite que la Audiencia Nacional "se estancó" en la liquidación de los pagos, que tardaron en llegar a los bolsillos de los perjudicados entre cinco y siete años desde que presentaron sus solicitudes de liquidación. Ese retraso les daría derecho a una nueva indemnización si el Ministerio de Justicia, que tiene la última palabra, sigue ese mismo criterio.

Los 19 afectados a los que ahora el Consejo da la razón, presentaron sus reclamaciones patrimoniales en ese ministerio alegando un funcionamiento anormal de la Administración de justicia. Después de que el Tribunal Supremo condenara al Estado, como responsable civil subsidiario, a pagar las indemnizaciones de los más de 20.000 afectados en 1997, la Audiencia Nacional abrió el plazo para que éstos presentaran sus solicitudes el 13 de marzo del año siguiente. Ese proceso, que repartió entre ellos 2.375 millones de euros según las lesiones sufridas, se ha dilatado ocho años. El pasado 27 de abril, cuando se cumplieron 25 años de este fraude alimentario, todavía quedaban 36 víctimas por cobrar. Los 19 recurrentes recibieron sus indemnizaciones el año pasado, siete años después de haberlas reclamado.

Josefa Gallego, por ejemplo, víctima del envenenamiento masivo, presentó su solicitud el 19 de diciembre de 1999, pero la Audiencia no acordó el mandamiento de pago hasta el 24 de junio de 2005. Los herederos de Luisa Bolea, también afectada por el síndrome tóxico, pidieron su resarcimiento el 20 de junio de 2000, pero no vieron ni un céntimo hasta pasados cinco años. "De lo anterior se deduce el excesivo e injustificado transcurso de tiempo desde que se puede solicitar la ejecución de la sentencia hasta la liquidación definitiva, que si bien puede ser entendido desde las circunstancias concurrentes en el procedimiento, no puede suponer la lesión del derecho a la tutela judicial efectiva", estima el Consejo.

Su informe observa "un claro estancamiento de las actuaciones liquidatorias, en la medida en que el acuerdo judicial por el que se inicia el procedimiento se adopta con un retraso de más de cinco años desde el registro inicial de la solicitud". Justifica esa demora por la complejidad del proceso, al que concurrieron casi 20.000 personas, pero subraya que esas circunstancias no privan a los solicitantes "de su legítimo derecho a obtener una respuesta judicial eficiente y en plazo razonable".

Ahora es Justicia quien tiene que decidir si estima o no las reclamaciones de estas 19 víctimas. En caso de que les dé la razón, se acordará una nueva indemnización que, con suerte, no tardará en llegar otros 25 años.

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