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El Gobierno pone nuevas exigencias a los accionistas mayoritarios para lanzar OPA

Los socios con más del 30% tendrán que ofertar por el 100% si compran un 5% adicional

Con la Bolsa en máximos y en plena ebullición de compras de paquetes empresariales, el Gobierno aprobará mañana el proyecto de modificación de la legislación sobre ofertas públicas de adquisición (OPA) de acciones. La nueva norma obligará a presentar una OPA sobre el 100% de la empresa a los accionistas que superen el 30% del capital, en lugar del 50% actual. Además, la nueva norma concretará que las empresas que posean una participación de entre el 30% y el 50% de otra compañía y aumenten su presencia más de un 5% en un año deberán también lanzar una OPA por el 100%.

Los mercados financieros se enfrentan a nuevas reglas. Tras la entrada de ACS en el capital de Iberdrola con la adquisición de un 10% y la compra del 16% de Endesa por parte de Acciona, el secretario de Estado de Economía señaló que "en ningún caso, la ley contempla analizar caso por caso", ya que, en su opinión, sería una forma de introducir "inseguridad jurídica". La normativa, que no tendrá carácter retroactivo, está previsto que entre en vigor en abril o mayo de 2007, con un año de retraso sobre el calendario fijado por la directiva europea en la materia.

La nueva normativa sobre OPA obligará a lanzar una oferta sobre el 100% de una sociedad en el momento que se alcance al menos un 30% de sus derechos de voto, en vez del 50% del capital establecido en la legislación actual.

El objetivo de la modificación es trasponer la directiva comunitaria sobre OPA y transparencia y, de esta forma, simplificar la actual legislación sobre la materia (que data de 2003 y se considera "compleja y difícil de interpretar") y equipararla al resto de países de la UE.

El nuevo texto elimina la obligación de formular ofertas al 100% cuando se sobrepase un determinado número de representantes en el consejo de una empresa, pero mantiene la posibilidad de presentar OPA sobre un porcentaje parcial del capital de una empresa de forma voluntaria. En cuanto a la obligación de lanzar una OPA cuando se alcance el 30% de los derechos de voto, se eximirá en el supuesto de que otro accionista cuente directa o indirectamente con un porcentaje de voto igual o superior.

No obstante, en caso de que esté obligado a una OPA a la totalidad y la no la formule, no podrá ejercer los derechos de voto que le confiera la participación con que cuente. La nueva normativa introduce también el derecho de compra y venta forzosa de acciones. Así, una empresa que alcance más del 90% de los derechos de voto de una sociedad a través de una OPA sobre el 100%, podrá hacerse con las acciones restantes del capital y, de igual forma, los minoritarios que las posean, contarán con el derecho de que se las compren.

Asimismo, la futura regulación sobre OPA incluye también novedades en cuanto a los blindajes de las compañías y la posibilidad de adoptar medidas de defensa ante la formulación de ofertas.

En el momento en que entre en vigor el nuevo texto, las empresas que hayan adoptado algún tipo de medidas de este tipo después del 21 de abril de 2004 (fecha de aprobación de la directiva) deberán notificar si en el caso de que sean objeto de una OPA quieren mantener esos blindajes.

En el caso de que los mantengan y que una oferta sobre el 100% de sus derechos de votos alcance el 75% de los mismos, la nueva normativa permitirá al opante eliminar los blindajes en la primera junta general de accionistas que se celebre tras la liquidación de la oferta. Endesa, objeto actualmente de sendas ofertas formuladas por Gas Natural y E.ON, tiene blindajes anteriores a esa fecha.

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