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El Supremo condena al médico que atendió a una chica apuñalada y absuelve al acusado

El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de la Audiencia de Barcelona que absolvió al acusado de apuñalar a una menor y condenó al médico que atendió a la víctima. El 2 de octubre de 2002, Nadia G., de 16 años, caminaba por una calle de Terrassa cuando se le acercó un hombre que le asestó una puñalada en la zona lumbar con un cuchillo de 13 centímetros de hoja, causándole lesiones en un riñón y el hígado.

La joven consiguió llegar a casa de su abuela, a la que dijo que desconocía al agresor. Trasladada a un hospital, fue atendida por Alberto J. S. M., quien, tras realizarle una "exhaustiva exploración física" y comprobar que la herida no sangraba externamente, le colocó un drenaje y adoptó un tratamiento conservador, no quirúrgico hasta ver los resultados de otras pruebas. Varias horas después y tras empeorar el estado de la joven, decidió intervenir quirúrgicamente. La operación constató que junto a una lesión renal detectada, existía una laceración del hígado con abundante hemorragia interna que provocó la muerte de la paciente.

Como presunto autor del apuñalamiento fue detenido un vecino de la joven, Francisco M., de 46 años, al que se le atribuyó una relación clandestina con la menor. Pasó en prisión preventiva dos años y dos meses pero la Audiencia de Barcelona le absolvió por falta de pruebas. El Supremo confirma la absolución porque no hubo testigos que les vieran juntos y la víctima dijo que no conocía a su agresor.

Sin embargo, el médico fue condenado por una falta de imprudencia profesional a una multa de 1.200 euros y a indemnizar a los padres de la joven con 60.000 euros, porque aunque su actuación al principio fue correcta, cuando la joven empeoró y se decidió a operar ya era tarde.

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