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El juez Pedraz no halla indicios para mantener presos a dos etarras

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz rechazó ayer la petición del fiscal Ignacio Gordillo de que decretase la prisión de los etarras David Pla, Aitor Lorente y Ainara Esterán por entender que no hay pruebas de que sean autores por cooperación necesaria del asesinato del senador y presidente del PP en Aragón, Manuel Giménez Abad, hecho ocurrido el 6 de mayo de 2001, en Zaragoza, cuando acudía a un partido de fútbol con su hijo. El juez ha archivado la causa.

Se da la circunstancia de que Pla y Lorente, detenidos en Zaragoza en julio de 2000, serán puestos en libertad el próximo día 25 por haber cumplido la totalidad de la pena de seis años a que fueron condenados por formar parte de un comando de información de ETA. Ainara Esterán, por el contrario, fue detenida en noviembre de 2000 y condenada a nueve años y seis meses por colaboración con ETA y tenencia ilícita de armas.

Por ello, la prisión solicitada por el fiscal Gordillo por asesinato suponía un duro revés para los etarras, puesto que la pena por asesinato terrorista oscila entre 25 y 30 años de prisión.

Datos de Susper

El fiscal se basaba en un archivo informático incautado en Francia al dirigente etarra Ibon Fernández Iradi, Susper, del que el fiscal infiere que los datos que contiene se refieren a Giménez Abad y que los habrían proporcionado Pla, Lorente y Esterán.

Pla y Lorente ya fueron condenados por haber recopilado datos sobre policías y políticos y haberlos trasladado a ETA, por lo que el juez Pedraz señala que no pueden volver a ser imputados por eso de forma genérica. Sólo podrían ser perseguidos si la información se refería a Giménez Abad y "constituyera un acto sin el cual no se hubiera efectuado el atentado".

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Pero Pedraz señala que en el archivo informático no se menciona al senador asesinado, sino a otra persona distinta. Además, precisa, "ni en los efectos ocupados [a Pla, Lorente y Esterán] ni en otro lugar aparece el nombre de Manuel Giménez Abad, ni aún su imagen en los múltiples vídeos intervenidos".

"No puede, por tanto, concluirse", dice el auto del juez, "que los mismos facilitaran una información concreta a la dirección de ETA para perpetrar el atentado, dado que la información que consta no identifica al señor Giménez". O lo que es lo mismo, "con esos datos, ETA no podría cometer los hechos [el asesinato del senador] en cuanto que es genérica, lo que supone que no puede hablarse de cooperación necesaria".

Pero es que además, el juez argumenta que el asesinato se produjo en mayo de 2001, muchos meses después de que Pla, Lorente y Esterán fueran detenidos, con lo que "no puede seguirse que una información ya anticuada pudiera servir de base directa para que otros miembros de ETA procedieran con ella al asesinato del señor Giménez".

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