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El Gobierno considera necesaria una nueva ley de incompatibilidades de altos cargos

Reconoce ahora que la actual normativa, que data de hace 22 años, presenta lagunas

El Gobierno considera necesario actualizar la normativa que rige las incompatibilidades de los altos cargos, mediante una nueva ley que "supla las carencias legales" que ha apreciado en la norma que se encuentra en vigor. La ley de incompatibilidades vasca data de hace 22 años y ha quedado desfasada en varios aspectos. En los últimos años, se han registrado varios casos de consejeros y altos cargos que se incorporaron de forma inmediata a empresas privadas relacionadas con su anterior desempeño público, algo que está expresamente prohibido en otras Administraciones públicas.

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Fue el caso, entre otros muchos, del ex consejero Javier Retegi, que tras dejar la cartera de Industria regresó inmediatamente a un cargo directivo en el Grupo MCC; de Inaxio Oliveri, que de dirigir el Departamento de Educación y Universidades pasó a ser rector de la Universidad Mondragón, o del ex diputado de Hacienda vizcaíno Javier Urizarbarrena, que dio el salto a una gran empresa de asesoría fiscal.

El debate sobre la necesidad de una nueva ley de incompatibilidades ha sido recurrente en los últimos años, sobre todo a petición del PSE que insistentemente la ha reclamado. Después de que el tripartito rechazara en la anterior legislatura elaborar una nueva regulación más exigente, defendiendo que la actual, promulgada en 1983, es "suficiente, adecuada y eficaz", el Gobierno reconoce ahora que se queda corta en algunos aspectos. Este reconocimiento figura en el informe que el Departamento de Hacienda y Administración Pública, que dirige la vicelehendakari Idoia Zenarruzabeitia, acaba de remitir al Parlamento sobre el grado de aplicación de la normativa que regula las incompatibilidades de los miembros del Ejecutivo, los altos cargos de la Administración y los directivos de los entes públicos de derecho privado y las sociedades públicas.

Más transparencia

El Departamento de Hacienda y Administración Pública cree que ha llegado el momento de aprobar una nueva regulación por dos motivos. Por un lado, para dar respuesta a la demanda social de mayor transparencia en la actividad pública. Y por otra parte, porque es conveniente ordenar de una forma más adecuada el régimen de incompatibilidades de los altos cargos con el fin de reforzar su independencia, imparcialidad y su dedicación exclusiva a las funciones públicas. El Gobierno admite la conveniencia de aprobar una nueva ley, a pesar de que califica de "muy satisfactoria" la experiencia acumulada durante los últimos años en cuanto a la aplicación de la normativa.

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Pero esa experiencia "satisfactoria" se ha encontrado con una serie de lagunas. Por ejemplo, la conveniencia de desarrollar los supuestos de colisión de intereses cuando los altos cargos intervienen en decisiones relacionadas con determinados asuntos en los que coinciden intereses privados propios o familiares. De la misma forma, falta una regulación en cuanto a los límites en el ejercicio de las actividades privadas, una vez que se ha cesado en el desempeño del cargo. Además, no existe un régimen sancionador por el incumplimiento de las normas de incompatibilidad. Ese régimen debe establecer detalladamente las violaciones tanto de la ley de incompatibilidades como en la declaración de actividades, bienes e intereses. Para ello, deben tipificarse las infracciones y las sanciones correspondientes, y determinar los órganos competentes para incoar los expedientes.

En el informe, Hacienda y Administraciones Públicas explica que las declaraciones de actividades, bienes, derechos y obligaciones patrimoniales por parte de los altos cargos están sujetas a la "voluntad" del interesado en cuanto a la aportación de datos verídicos. "Esto hace que sea materialmente imposible el control con carácter previo de todas las circunstancias que puedan derivar en un supuesto de incompatibilidad".

La legislación que regula las incompatibilidades se encuentra dispersa en tres leyes (la de Gobierno de 1981, la de Incompatibilidades de 1983 y la de Retribuciones de Altos Cargos de 1988) y dos decretos de 1999 que pusieron en marcha los registros de bienes patrimoniales y de actividades de los altos cargos. La eficacia de ese registro ha sido duramente criticada en fechas recientes, tras conocerse que el ex director de Inmigración, Omer Bertin Oke, no había declarado la franquicia de una agencia de viajes ubicada en Bilbao de la que era titular mientras desempeñaba ese cargo en el Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales.

La <b><i>vicelehendakari</b></i> Idoia Zenarruzabeitia, en una comparecencia en el Parlamento vasco.
La vicelehendakari Idoia Zenarruzabeitia, en una comparecencia en el Parlamento vasco.PRADIP J. PHANSE

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