La fiscal no asistió a la declaración de los cinco atracadores que quedaron libres
La fiscalía de Madrid estudia abrir diligencias a los policías por ocultar pruebas al juzgado
La fiscal no asistió a la declaración que prestaron ante la juez de guardia los cinco supuestos atracadores de bancos que quedaron en libertad el sábado pasado tras ser detenidos el 8 de junio cuando se disponían a entrar en una sucursal bancaria de Madrid por un conducto de ventilación. La fiscal del caso leyó el atestado policial y entendió que no había suficientes pruebas ni imputaciones concretas y optó por no pedir prisión para ellos ni acudir a su declaración. La juez les interrogó y, dado que nadie pedía medidas cautelares, les dejó en libertad, tal como establece la Ley de Enjuiciamiento. La fiscalía de Madrid respaldó la actuación de la fiscal y denunció ayer que la policía no aportó al juzgado todas las pruebas de que disponía.
La policía llevó al juzgado a los cinco atracadores, considerados muy peligrosos, en la mañana del sábado. Habían sido sorprendidos in fraganti la madrugada del 8 de junio por agentes del Grupo Especial de Operaciones (Geo) cuando se disponían a entrar en una sucursal bancaria de Madrid por un conducto de ventilación. Querían colarse en la entidad bancaria, situada en la calle Mota del Cuervo de la capital madrileña, a través de un falso techo.
La policía llevaba tiempo tras ellos. Les tenía pinchados los teléfonos y sabía que ese día iban a robar en esta entidad. El modus operandi era el mismo que supuestamente habían empleado en robos cometidos en 15 entidades bancarias. Entraban por el falso techo a la entidad y esperaban a que llegase el primer empleado. Le amenazaban con una pistola y le obligaban a abrir la caja fuerte. Cogían el botín y huían en coches que les esperaban fuera. Cuando los geo les detuvieron llevaban tres pistolas, una de ellas con la numeración raspada.
Diligencias secretas
Un juez de Vigo les investigaba desde hacía tiempo y tenía declaradas secretas las diligencias. El atraco que iban a dar en Madrid disparó la intervención policial. Cuando la policía les detuvo estaban en el falso techo de la entidad, esperando supuestamente la llegada del primer empleado.
Agentes de la Brigada provincial de Policía Judicial y de la Unidad contra las Drogas y el Crimen Organizado de la Comisaría General de Policía Judicial les llevaron a los juzgados de la plaza de Castilla de Madrid en la mañana del sábado. Una vez los detenidos en los calabozos, entregaron el atestado y se marcharon.
La fiscal que estaba ese día de guardia leyó el atestado policial y entendió que no había pruebas directas contra ellos. Habló con la juez y le comentó que sobre ese asunto no iba a pedir prisión. Por ese motivo, la juez no convocó la vistilla o comparecencia, necesaria para que el juez, si se lo pide alguna acusación, pueda acordar la prisión de un detenido.
No obstante, la juez de guardia les tomó declaración sin asistencia de la fiscal y les dejó en libertad. El juez decano de Madrid, José Luis González Armengol, respaldó "totalmente" ayer la actuación de la juez, y explicó: "La ley impide que el juez decrete una medida cautelar restrictiva de la libertad si no lo piden las acusaciones; como la fiscal no pidió nada, no tuvo más remedio que dejarles en libertad". González Armengol cree que "la policía ha filtrado" este asunto para "presionar a los jueces" y forzarles a que tomen medidas de privación de libertad "injustificadas e inmotivadas". El juez decano de Madrid subraya que "hay que respetar las garantías constitucionales" y matiza que no cabe tachar las decisiones de sus colegas de benevolentes con la "gran delincuencia: actúan con garantías y de acuerdo con el derecho". "Cuando hay pruebas y delitos penados con más de dos años de cárcel (robos en casas o con violencia), lo habitual es que se decrete la prisión si el fiscal lo solicita", recalcó González Armengol. El decano recordó que en la actualidad las cárceles españolas cobijan "a 63.000 internos, 22.000 de ellos preventivos; y España se ha convertido en el primer país de Europa con mayor porcentaje de población reclusa".
Pedro Martínez, teniente fiscal de Madrid y portavoz de la fiscalía, indicó ayer que ignoraba si la fiscal de guardia asistió o no a la declaración, si bien subrayó que "legalmente, no está obligada a ello". Martínez, que leyó ayer el atestado policial, aseguró que la actuación de la fiscal "fue correcta". "Estamos en un Estado de derecho y si no hay pruebas directas, como en este caso, no se puede pedir prisión para nadie", destacó el segundo jefe de la fiscalía del Tribunal Superior de Madrid. Martínez asegura que en el atestado remitido al juzgado no figura el vídeo ni las fotografías difundidas por la policía sobre la detención de estos cinco atracadores.
Vídeo de las detenciones
"Es obligación de la policía aportar al juzgado todos los elementos incriminatorios de que disponga", señaló el teniente fiscal de Madrid, cuyo departamento está estudiando la posibilidad de abrir diligencias para aclarar este asunto. "El vídeo que se grabó mientras se llevaban a cabo las detenciones no estaba incorporado a las actuaciones. Los fiscales no hemos podido ver lo que todo el mundo ha visto, es decir, que los detenidos ya estaban en el interior de la entidad cuando se les detuvo", explicó.
Fuentes policiales aseguran que tampoco fueron aportadas las grabaciones de las conversaciones entre los atracadores porque las mismas están en poder del juez de Vigo que instruye este caso. Y Añaden que el vídeo se hizo "para seguridad de los agentes", pero que, "por supuesto", está a disposición del juez.
El teniente fiscal añadió que del atestado policial remitido al juez sólo cabe atribuir delitos a una parte de los atracadores. En concreto, un robo con fuerza en grado de tentativa, penado con menos de un año de cárcel o, como mucho, un delito de tenencia ilícita de armas. Martínez lamentó, además, que la policía se halla saltado "el protocolo no escrito" de actuación "para redadas de gran complejidad".
Este protocolo, explicó, consiste en un comunicación continua entre las fuerzas policiales y las jurídicas. "Cuando hay asuntos de interés policial, los agentes primero informan al fiscal, que vehiculiza la operación judicialmente para que todo salga bien. En este caso, se ha pasado por alto el protocolo", apuntó.
Martínez aclaró que el Tribunal Constitucional prohibió hace tres años el criterio de la alarma social como instrumento legal para exigir que ciertas personas ingresen en la cárcel. "En este caso concreto no había riesgo de que los acusados se fugaran, eran personas nacionales y con domicilio conocido; y, además, no llevan en su poder las pistolas", destacó.
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