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El Gobierno y Gas Natural recurren la suspensión de la OPA sobre Endesa

La inspección de Bruselas sobre la alemana E.ON no afecta a su oferta de compra en España

El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, y Gas Natural presentaron ayer sendos recursos de súplica contra el auto del Tribunal Supremo que suspendió cautelarmente el acuerdo del Consejo de Ministros que establecía las condiciones para autorizar la OPA sobre Endesa. En su recurso, la Abogacía del Estado critica al Supremo por no haber tenido en cuenta, entre otros aspectos del proceso, la OPA competidora de E.ON sobre la eléctrica. Sobre esa oferta, Bruselas precisó ayer que no está afectada por la inspección que desarrolla sobre varias compañías gasistas, entre ellas E.ON.

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El recurso de súplica se considera un mero trámite para agotar todas las instancias con vistas a futuras acciones, dado que deberá ser resuelto por el Pleno de la Sala que, por un estrecho margen de 18 a 14, decidieron la suspensión del acuerdo del Consejo de Ministros.

La opinión del Ejecutivo, expresada en el recurso de la Abogacía del Estado, es que el Supremo infringió su consolidada jurisprudencia cautelar sobre operaciones de concentración, según detalló extensamente en su voto particular el magistrado disidente Fernando Ledesma, voto al que se adhirieron otros 12 magistrados del Pleno.

Los recursos también reprochan al Supremo haber infringido su doctrina sobre el fumus boni iuris, la apariencia de buen derecho, puesto que el acuerdo del Consejo de Ministros no era "irracional, ilógico, ni arbitrario".

Riesgo inminente

También entienden infringido del artículo 130 de la ley de la Jurisdicción Contenciosa porque cuando se adopta la medida cautelar no existía un riesgo inminente ya que la OPA estaba paralizada por el juzgado de lo mercantil número 3 de Madrid y además, el Supremo no tiene en consideración la oferta competidora formulada por E.ON, "con todas las consecuencias legales que la misma produce respecto de la oferta originaria de Gas Natural".

Los recurrentes añaden que el Supremo no ha tenido en cuenta que los únicos intereses dignos de tutela cautelar en las operaciones de concentración con los que corresponden a los accionistas propietarios de Endesa, y el interés público del mantenimiento de la competencia efectiva.

Según la Abogacía del Estado la medida cautelar "no protege expectativas o hipótesis de perjuicios" ni tampoco a los administradores de Endesa, "que tienen la obligación legal de abstenerse de interferir la OPA". En cambio, según los recurrentes, el auto del Supremo "concede a los administradores un interés preferente al de los accionistas, contrariando la normativa interna española y el espíritu que informa la normativa comunitaria".

"Es claro", añade el recurso, que los administradores de Endesa "se representan a sí mismos" y "no deja de ser curioso", como señaló el presidente de la Sala, Ramón Trillo en su voto disidente, que "siendo diferenciados los intereses de los recurrentes (una Federación de Consumidores y una Asociación de Accionistas Minoritarios), éstos no hagan distingo alguno sobre sus puntos de vista o pretensiones".

Inspección

Por otra parte, fuentes oficiales de Bruselas aseguraron ayer, informa Andreu Missé, que la inspección sorpresa iniciada el pasado martes por funcionarios de la Comisión Europea a varias sedes de la eléctrica E.ON no afectará a la autorización comunitaria de la OPA lanzada por la empresa alemana sobre Endesa. La Comisión Europea autorizó el 25 de abril la OPA de E.ON sobre Endesa.

El portavoz de la Competencia, Jonathan Todd, manifestó ayer que la Comisión Europea "no tiene ninguna intención de revisar tal decisión". Bruselas anunció el miércoles que había iniciado inspecciones en varias empresas de gas de cinco países (Alemania, Francia, Bélgica, Austria e Italia) y varias eléctricas de Hungría. En total se investigaron 20 sedes, varias de ellas correspondientes a las mismas empresas. Algunas de las compañías inspeccionadas son las alemanas E.ON y RWE, la francesa Gaz de France, la italiana ENI y la austriaca OMV.

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