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Sitges se dota de una ordenanza que "recomienda" al turista no ir con el torso desnudo

El Ayuntamiento de Sitges (Garraf) ha dado un paso para regular el comportamiento cívico de los vecinos y de los visitantes al aprobar una ordenanza que, entre otras cosas, prohíbe realizar figuras de arena en la playa y "recomienda" no pasearse o entrar en los establecimientos comerciales con el torso descubiero. La nueva ordenanza, que entrará en vigor este verano, se asemeja a las de otras localidades catalanas, pero incluye normas especiales debido al carácter eminentemente turístico de la población.

La ordenanza forma parte del Plan de Civismo, que incluye campañas de sensibilización y un decálogo de buenas conductas que se ha definido con la participación del tejido asociativo y económico. Su objetivo es "defender los derechos de la comunidad" y mejorar el entorno urbano.

Sitges, con 25.000 habitantes, es una localidad bulliciosa, especialmente en verano, cuando concentra a un gran número de turistas con intereses distintos y que deben convivir con los vecinos haciendo compatible el descanso con el ocio. Por eso, la nueva ordenanza parte de la base de que se debe favorecer la convivencia "respetando la diversidad", y establece lo que no se puede hacer en aras de la armonía y un buen uso del espacio común. Una de las medidas más singulares es la prohibición de hacer esculturas de arena en la playa sin autorización, práctica habitual en Sitges, en la que grupos de jóvenes exhiben sus habilidades con la esperanza que los transeúntes les recompensen con algún donativo en metálico. Esta infracción está sancionada con una multa de entre 750 y 1.500 euros.

Sanciones de 1.500 euros

También los juegos de apuestas en la calle con dinero o bienes supondrán multas de entre 750 y 1.500 euros. La misma sanción tiene la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública. Tampoco se podrán ofrecer en el espacio público servicios de masaje (que últimamente han proliferado en las playas), tarot, videncia o tatuajes. Dormir en la calle y lavarse en las fuentes quedarán prohibidos a partir del verano.

Los turistas también deberán tener en cuenta que la ordenanza prohíbe acampar en la vía pública (excepto en las zonas autorizadas), ya sea con tiendas de campaña o en autocaravanas. En la playa, los usuarios no podrán llevar ningún animal de compañía y sólo se podrá escuhar música o radio si no se molesta al resto de bañistas. En la lista de acciones sancionables también se encuentra el dejar publicidad en los parabrisas de los coches.

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La ordenanza no olvida otras prohibiciones habituales en la mayoría de localidades, como defecar, orinar o escupir en el suelo, cantar y gritar cuando se perturba el descanso del vecindario, hacer pintadas en las paredes, ir temerariamente en monopatín, consumir drogas y la venta ambulante.

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