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La reforma del Estatuto

Una comisión bilateral para la financiación

Luis Barbero

El Título VI del proyecto de Estatuto está dedicado a la Economía, la Hacienda y el Empleo. Este título aborda el espinoso debate de la financiación autonómica. Contempla que una comisión mixta Estado-Junta abordará este asunto de forma bilateral. No obstante, se precisa que el sistema de financiación se acordará de forma multilateral (el Gobierno y todas las comunidades autónomas). Esta comisión bilateral también está contemplada en la reforma estatutaria de Cataluña.

Hacienda

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Principios de la financiación. El Estatuto aspira a la autonomía fiscal y financiera. Además, fija también como principio general la suficiencia, es decir, que la comunidad tendrá los recursos necesarios para hacer frente a las competencias asumidas. Andalucía tendrá un espacio fiscal propio (un conjunto de impuestos sobre los que tendrá potestad plena). El Estatuto establece que, en cualquier caso, la financiación se acordará de forma multilateral. Esto quiere decir que el sistema de financiación será acordado por el Gobierno y todas las autonomía en el Consejo de Política Fiscal y Financiera.

Recursos de la Junta. Los recursos básicos de la Junta serán los tributos propios; los cedidos por el Estado; los recargos sobre tributos estatales (por ejemplo el céntimo sanitario) y las transferencias del Estado y de la Unión Europea. Hay un listado de los tributos que el Estado cede a la comunidad, que son los que ahora componen el sistema de financiación. Se incluye la previsión de que puede haber cambios en estos tributos sin necesidad de reformar el Estatuto.

Agencia Tributaria andaluza. Se contempla que una ley creará la Agencia Tributaria andaluza, con poder sobre los impuestos propios de la Junta y los cedidos por el Estado. Se creará un consorcio con la Agencia Tributaria estatal para los tributos gestionados por la Administración central.

Cambios tributarios. Se establece la participación de la Junta en las decisiones de cambio de los impuestos cedidos por el Estado a las comunidades (IRPF o IVA, por ejemplo). Andalucía podrá rechazar un sistema de financiación sin sufrir una merma de sus ingresos.

Comisión mixta. El Estatuto contempla que la Comisión Mixta de Asuntos Económicos es el foro en el que se mantendrá una relación bilateral entre la Junta y el Estado para abordar la financiación. La presidencia será rotatoria. Esta comisión negociará el porcentaje de fondos europeos que corresponde a Andalucía.

Ayuntamientos. Una ley regulará la participación de los municipios en los tributos de la comunidad.

Economía

Principios. Libertad de empresa, economía social de mercado, desarrollo sostenible o pleno empleo son algunos de los principios de este capítulo.

Planificación de la economía.

La Junta podrá participar en las decisiones del Estado que afecten a la planificación general de la economía, sobre todo en los sectores estratégicos que tengan un impacto en la comunidad.

Concertación social. El futuro Estatuto reconoce la importancia del diálogo entre la Junta y los agentes sociales (sindicatos y empresarios) en la promoción de la economía andaluza.

Sector financiero. La Junta promoverá la ordenación del sistema financiero andaluz. Las cajas de ahorro y las cajas rurales promoverán el bienestar general y el desarrollo económico y empresarial.

Empleo

Igualdad de la mujer.

Los poderes públicos garantizarán la igualdad entre hombres y mujeres en el mercado laboral (acceso al trabajo, formación, promoción o salarios). Prestarán atención de forma especial a que la mujer no sea discriminada por estar embarazada o ser madre.

Siniestralidad laboral. La Administración autonómica se compromete a poner en marcha instrumentos para luchar contra la siniestralidad laboral y a introducir mecanismos de prevención e inspección.

Políticas de empleo. Los poderes públicos velarán por el acceso de jóvenes, discapacitados y colectivos en riesgo de exclusión social al empleo.

Relaciones laborales. Se promoverá la participación de los trabajadores en las empresas. La Junta tendrá política propia de relaciones laborales.

Deuda histórica e inversión estatal

Deuda histórica. El futuro Estatuto mantiene la deuda histórica en la disposición adicional segunda, como en el actual. En caso de que el Gobierno no pague la deuda histórica antes de aprobarse el nuevo Estatuto, principios de 2007, se recoge que Junta y Estado deben acordar su cuantía en un plazo de seis meses. El pago sería con cargo al siguiente presupuesto del Estado.

Inversión del Estado. La disposición adicional tercera apunta que la inversión del Estado en Andalucía será equivalente al peso de la población de la comunidad en España (el 17,8%).

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Sobre la firma

Luis Barbero
Es subdirector de Actualidad de EL PAÍS, donde ha desarrollado toda su carrera profesional. Ha sido delegado en Andalucía, corresponsal en Miami, redactor jefe de Edición y ha tenido puestos de responsabilidad en distintas secciones del periódico.

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