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El TSJ anula la paralización cautelar de varios derribos en El Cabanyal

Sara Velert

La batalla judicial en torno al plan del Ayuntamiento de Valencia de prolongar la avenida de Blasco Ibáñez a través del barrio de El Cabanyal sumó ayer un nuevo capítulo, esta vez favorable al equipo de gobierno del PP. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano ha aceptado el recurso del Consistorio contra la paralización cautelar de las licencias de derribo de varios inmuebles que impuso un juzgado de lo Contencioso-Administrativo a finales del año pasado. Las licencias concedidas a la empresa municipal Aumsa por el Ayuntamiento afectan a cinco inmuebles de las calles de San Pedro, Luis Despuig y Francisco Eximinis, situados fuera del entorno declarado Bien de Interés Cultural (BIC) en El Cabanyal. El gobierno del PP destacó ayer que "sólo están suspendidos de forma cautelar los derribos en el área BIC", pero no las actuaciones del Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) de El Cabanyal-Canyamelar, en los que el Ayuntamiento pretende continuar las actuaciones previstas.

El Tribunal Supremo admitió el año pasado a trámite el recurso de casación contra el fallo del TSJ que autorizó el proyecto de abrir Blasco Ibáñez, tras lo cual la plataforma Salvem El Cabanyal-Canyamelar presentó recursos contra sucesivas licencias de derribo de edificios en el barrio y protagonizó protestas para detener las máquinas. El equipo de gobierno decidió suspender los derribos y anunció que no tocaría los edificios del BIC hasta el pronunciamiento definitivo del Supremo. Las licencias que concedió después para acometer una actuación en el bulevar de San Pedro también fueron recurridas por la plataforma, y el juzgado amplió la prohibición cautelar más allá de la zona protegida.

Caso abierto

Ahora el TSJ ha rechazado esa suspensión cautelar y asegura que la juez "comete un error de principio" al considerar que el PEPRI no es aplicable, según el Ayuntamiento. Al contrario, la Sala de lo Contencioso-Administrativo, por mayoría -hay voto particular-, afirma en su sentencia, que es firme, que el plan está "vigente y operativo", salvo en el BIC. El TSJ da así vía libre a estos derribos. "La sentencia es muy clara y de ella se desprende que en esta zona del PEPRI del Cabanyal-Canyamelar, al igual que como en cualquier parte de la ciudad no declarada BIC, es posible que un particular o la misma Administración lleven a cabo derribos dentro de la ley", dijo el teniente de alcalde, Alfonso Grau.

Salvem El Cabanyal destacó que la sentencia no autoriza la prolongación de Blasco Ibáñez, pendiente del Supremo. Permite demoler los edificios afectados fuera del BIC, pero no resuelve el asunto de fondo de este otro recurso, ya que el TSJ sólo decide sobre la paralización cautelar de esas licencias. La plataforma consideró que acometer demoliciones supondría una "irresponsabilidad" cuando está abierto el caso, y reiteró su "extrañeza" por la rapidez del TSJ en resolver este asunto frente a otros recursos del caso.

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Sobre la firma

Sara Velert
Redactora de Internacional. Trabaja en EL PAÍS desde 1993, donde ha pasado también por la sección de Última Hora y ha cubierto en Valencia la información municipal, de medio ambiente y tribunales. Es licenciada en Geografía e Historia y Máster de Periodismo UAM-EL PAÍS, de cuya escuela ha sido profesora de redacción.

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