El Supremo se apoya en la Acadèmia de la Llengua para equiparar catalán y valenciano
El tribunal obliga a la Generalitat a admitir los certificados de idioma de Cataluña y Baleares
La lengua de los valencianos, desde el punto de vista de la filología, es la que también comparten las comunidades autónomas de Cataluña y Baleares. Este argumento, sacado del dictamen de la Acadèmia Valenciana de la Llengua de febrero de 2005, ha servido al Tribunal Supremo para obligar a la Generalitat a convalidar los certificados administrativos de conocimiento del idioma aprobados por los gobiernos catalán y balear. La sentencia anula parcialmente una orden del Consell que sólo admitía los títulos emitidos por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià.
La de la Acadèmia es una opinión científica coincidente con la de otras instituciones
La organización Acció Cultural del País Valencià y el Sindicat de Treballadors i Treballadores de l'Ensenyament del País Valencià recurrieron contra la orden de Cultura de 22 de diciembre de 1995 (aprobada durante el mandato de Eduardo Zaplana, PP) que acabó con la equiparación de los certificados oficiales de conocimiento del idioma para funcionarios emitidos por la Junta Avaluadora de la Llengua Catalana de Baleares y la Junta Permanent de Català de la Generalitat de Cataluña.
La sentencia, redactada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo el pasado 15 de marzo, considera que el hecho de que la Generalitat no admita los títulos catalanes y baleares supone una discriminación contraria al principio de igualdad y al derecho fundamental de acceso a los cargos públicos (artículos 14 y 23.2 de la Constitución).
Para llegar a esa conclusión la Sala se apoya en un informe de la Acadèmia Valenciana de la Llengua del 9 de febrero de 2005. "En ese dictamen se afirma que la lengua propia e histórica de los valencianos, desde el punto de vista de la filología, es también la que comparten las Comunidades Autónomas de Cataluña y de las Islas Baleares y el Principado de Andorra, y que las diferentes hablas de todos esos territorios constituyen una lengua", dice la sentencia.
Los magistrados vuelven a citar ese dictamen al afirmar que "compartir una lengua no implica que los valencianos no tengan unas señas de identidad y unas características propias, y que las perciban como claramente diferenciadas de las de otros pueblos que usan esa misma lengua". "En España hay dos denominaciones igualmente legales para designar a esa lengua: la de valenciano y la de catalán", afirma.
El acuerdo de la Acadèmia, -organismo creado tras un pacto entre socialistas y populares y reconocido oficialmente como entidad normativa en el nuevo Estatuto de Autonomía valenciano-, se tiene en cuenta a pesar de ser posterior a la orden recurrida "porque no expresa hechos nuevos, sino una opinión científica que es coincidente con la ya manifestada por otras instituciones de parecida naturaleza".
La resolución del Supremo también recoge como fundamento la acepción del vocablo "valenciano" en el diccionario de la Real Academia Española -"variedad del catalán que se usa en gran parte del antiguo reino de Valencia y se siente allí comúnmente como lengua propia"- y la legislación estatal que, en el catálogo de títulos universitarios oficiales, equipara las filologías Valenciana y Catalana.
El alto tribunal compara el hecho de que las titulaciones académicas de mayor rango (las filologías) sean equivalentes, con la prohibición de convalidar los títulos procedentes de Cataluña y Baleares para concluir que "no parece demasiado convincente que en una certificación administrativa, cuya finalidad es facilitar en la lengua valenciana la comunicación del ciudadano con la administración pública, se exija un nivel de especialización mucho más intenso que el requerido para la enseñanza y la investigación universitaria".
Al tiempo que admite todos estos motivos, la Sala reprocha a la Generalitat que no argumente sus "razones de índole científico" para justificar la supresión de las convalidaciones de los certificados lingüísticos al subrayar que recaía sobre ella la carga de señalarlas. "Esa justificación no se ha aportado y, además, esa supresión resulta contradictoria con las resoluciones presentes en la normativa de Educación del Estado", mantiene la sentencia. El Consell estudiaba ayer si la recurre.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- AVL
- Conflictos lingüísticos
- Valenciano
- VI Legislatura Comunidad Valenciana
- Tribunal Supremo
- ACPV
- Catalán
- Generalitat Valenciana
- Parlamentos autonómicos
- Comunidades autónomas
- Gobierno autonómico
- Idiomas
- Administración autonómica
- Política autonómica
- Comunidad Valenciana
- Tribunales
- Lengua
- Parlamento
- Poder judicial
- España
- Administración pública
- Proceso judicial
- Política
- Cultura
- Justicia