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El Supremo equipara los certificados lingüísticos de Cataluña, Baleares y Valencia

La lengua de los valencianos, desde el punto de vista filológico, es la que también comparten las comunidades autónomas de Cataluña y Baleares. Este argumento, sacado del dictamen de la Acadèmia Valenciana de la Llengua de febrero de 2005, ha servido al Tribunal Supremo para obligar a la Generalitat valenciana a convalidar los certificados administrativos de conocimiento del idioma aprobados por los gobiernos catalán y balear. La sentencia anula parcialmente una orden del Consell que sólo admitía los títulos emitidos por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià.

La organización Acció Cultural y el Sindicat de Treballadors de l'Ensenyament recurrieron contra la orden del Departamento de Cultura de 22 de diciembre de 1995, aprobada durante el mandato de Eduardo Zaplana, que acabó con la equiparación de los certificados oficiales de conocimiento del idioma para funcionarios emitidos por la Junta Evaluadora de la Llengua Catalana de Baleares y la Junta Permanent de Català de la Generalitat de Cataluña.

La sentencia, dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, considera que el hecho de que la Generalitat no admita los títulos catalanes y baleares supone una discriminación contraria al principio de igualdad y al derecho fundamental de acceso a los cargos públicos que vulmera los artículos 14 y 23.2 de la Constitución.

El tribunal se apoya en un informe de la Acadèmia Valenciana de la Llengua en el que se afirma que la lengua propia e histórica de los valencianos, desde el punto de vista de la filología, "es también la que comparten las comunidades autónomas de Cataluña y de las Islas Baleares y el Principado de Andorra, y que las diferentes hablas de todos esos territorios constituyen una lengua".

Los magistrados vuelven a citar ese dictamen al afirmar que "compartir una lengua no implica que los valencianos no tengan unas señas de identidad y unas características propias, y que las perciban como claramente diferenciadas de las de otros pueblos que usan esa misma lengua".

El acuerdo de la Acadèmia -organismo creado por las Cortes tras un pacto entre socialistas y populares, y reconocido oficialmente como entidad normativa en el nuevo Estatuto de Autonomía valenciano- se tiene en cuenta a pesar de ser posterior a la orden recurrida "porque no expresa hechos nuevos, sino una opinión científica que es coincidente con la ya manifestada por otras instituciones de parecida naturaleza".

Equiparación universitaria

La resolución del Supremo también recoge como fundamento la acepción del vocablo valenciano en el diccionario de la Real Academia Española -"variedad del catalán que se usa en gran parte del antiguo reino de Valencia y se siente allí comúnmente como lengua propia"- y la legislación estatal, que en el catálogo de títulos universitarios oficiales equipara las filologías valenciana y catalana.

"No parece demasiado convincente que en una certificación administrativa, cuya finalidad es facilitar en la lengua valenciana la comunicación del ciudadano con la Administración pública, se exija un nivel de especialización mucho más intenso que el requerido para la enseñanza y la investigación universitaria", dice la sentencia.

La sala también reprocha a la Generalitat que no argumente sus "razones de índole científica" para justificar la supresión de las convalidaciones de los certificados lingüísticos.

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