Parot, ante la ley
La Audiencia Nacional abrirá un nuevo proceso contra el etarra Henry Parot por integración en banda armada y conspiración para cometer asesinatos, ambos sobre la base de una carta enviada desde la cárcel e interceptada en 2001, en la que proponía a la dirección de la banda atentar contra "políticos de alto nivel" y volar diversos edificios públicos. La apertura de un nuevo proceso por hechos posteriores a su condena es aparentemente la única vía para impedir su puesta en libertad al cumplir 20 de los más de 4.000 años de cárcel a los que fue condenado en su día.
Veinte años por 33 asesinatos, menos de un año por cada uno: es lógica la sorpresa indignada que provoca la noticia. También tiene lógica que, frente a la afirmación de que se trata de la aplicación estricta de la ley, muchas personas respondan: "Pues que se cambie la ley". La cuestión es que ya se ha cambiado. El Código Penal de 1995 ya eliminó la redención de penas por el trabajo establecida en el código de 1973 y que de manera casi automática permitía rebajar en un tercio el cumplimiento efectivo de la pena máxima de 30 años de prisión. Una reforma ulterior, de 2003, amplió el cumplimiento efectivo de condena hasta 40 años en determinados casos, expresamente en los delitos de terrorismo. Pero ninguna de estas dos reformas puede aplicarse con efecto retroactivo, según un principio esencial del derecho. Parot y muchos otros terroristas de los años ochenta han salido o saldrán en los próximos años en aplicación del Código Penal de 1973.
A Parot no se le aplica ningún beneficio penitenciario ligado a la buena conducta o buen pronóstico de reinserción, como los que permiten avanzar en grado y salir en libertad condicional. De lo que se beneficia es de la posibilidad de redimir un día por cada dos de trabajo, norma vigente cuando fue condenado. Es cierto que no hay garantías de que los criterios sobre lo que se consideró trabajo hayan sido los correctos, pero esto es algo que ha venido sucediendo con administraciones penitenciarias de todos los colores y que ahora ya no se puede recurrir. Lo que está pendiente es la resolución del Supremo sobre un recurso de Parot pidiendo que se le aplique el criterio de acumulación de todas las condenas que pesan sobre él. La fiscalía de ese tribunal es partidaria de estimar el recurso. Ese criterio puede ser discutible, pero es el que ha venido aplicándose sin excepciones en los últimos años, incluyendo los ocho de gobierno del PP.
Resulta, por tanto, demagógico decir, como hizo ayer el portavoz del PP, Eduardo Zaplana, que se está aplicando "la interpretación más favorable para los terroristas". Y francamente infame deslizar la sospecha de que el criterio aplicado por jueces y fiscales es "el pago adelantado" por parte del Gobierno a ETA para que conceda una tregua. La indignación de la gente cuando sale en libertad un asesino orgulloso de sus crímenes es comprensible y compartida por todos; no lo es la voluntad de convertir este hecho en una hoguera contra el Gobierno por parte de personas que saben perfectamente que es imposible aplicar las leyes penales con carácter retroactivo.
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