El fiscal del Estado ordena oponerse a la celebración del congreso de Batasuna
Conde-Pumpido alberga "serias dudas" sobre suspender la actividad de una formación ya disuelta
El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, ordenó ayer al fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Eduardo Fungairiño, que solicite la prohibición del congreso que Batasuna, formación política ilegalizada y disuelta, ha convocado para el próximo 21 de enero. No obstante, Conde-Pumpido afirma en el escrito que dirigió ayer a su subordinado que alberga "serias dudas" de que en las presentes circunstancias se pueda aplicar a Batasuna el artículo 129 del Código Penal, que permite la suspensión de actividades, al estimar que no cabe suspender algo que no existe y que está disuelto.
El escrito de ocho folios remitido ayer por Conde-Pumpido a Fungairiño concluye que en el caso de que el juez suspenda las actividades de Batasuna "dicha suspensión sería aplicable y por tanto debería producir su efecto en el concreto supuesto analizado, consistente en la convocatoria y ulterior celebración de los actos previstos para el próximo día 21 de los corrientes en la ciudad de Bilbao". Es decir, el fiscal entiende que el congreso debería prohibirse porque es un acto convocado por Batasuna, que es una formación política ilegalizada y disuelta.
La convocatoria realizada la semana pasada por el juez de la Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska hace expresa referencia a la aplicación del artículo 129 del Código Penal, relativo a la suspensión de actividades del partido político, una vez que el magistrado recibió los informes de la Guardia Civil y la policía en los que se detallaba que el congreso había sido convocado por Batasuna.
Aparente contradicción
El juez Baltasar Garzón ya había aplicado ese artículo en agosto de 2002, pero Conde-Pumpido señala que no parece que pueda volver a aplicarse tras la sentencia del Tribunal Supremo que ilegalizó y disolvió la mencionada formación, puesto que la disolución implica "el cese definitivo de toda actividad del partido político disuelto".
Por ello, el fiscal del Estado agrega que parece contradictoria la adopción o la subsistencia, en el marco del proceso penal, de una medida suspensiva de naturaleza cautelar que tiene como fin precisamente asegurar lo que con carácter definitivo resulta de la aplicación de la Ley de Partidos.
Conde-Pumpido destaca que si a pesar de todo, el juez entiende que cabe reactivar en el proceso penal las medidas de suspensión de actividades, sólo serían de aplicación "al funcionamiento y la actividad" de Batasuna, pero que "no extienden sus consecuencias prohibitivas o restrictivas a cualesquiera actividades individuales o incluso colectivas, de quienes habiendo pertenecido a tales organizaciones, no se ven privados por aplicación de ninguna de las normas citadas del pleno ejercicio de sus derechos cívicos y políticos".
Así, recuerda que el auto de Garzón precisaba que "no se trata de suspender las actividades de un partido político para privar a los ciudadanos de un medio de expresión o de participación democrática", sino de impedir la prosecución de su actividad ilícita como tal organización.
El fiscal del Estado alude a la Ley de Partidos y precisa que "nada impediría que las mismas personas que integraron un partido suspendido o disuelto constituyan una nueva formación política cuyos medios y fines se ajusten a la Constitución y la ley, siendo obvio que tal proceso constituyente sólo sería posible mediante una acción organizada y conjunta de dichas personas, en ejercicio de sus derechos fundamentales, que no podría resultar impedida, sin evidente lesión de esos derechos".
Sin embargo, los informes policiales recabados por el juez concluyen que la convocatoria del congreso "se efectúa por quienes de manera explícita se autoproclaman representantes y responsables de la ilegalizada Batasuna". Además, se trata de una actividad "con un fin y en un marco que puede calificarse de "orgánico", es decir, propio del funcionamiento y organización -como es obvio clandestinos- del partido político disuelto".
El fiscal señala que hay indicios numerosos y concluyentes de una "conducta delictiva", que "precisamente dio lugar en su momento a la suspensión de dicha fuerza política, en virtud de su consideración como asociación ilícita".
Aunque en el congreso están previstos dos actos diferenciados, -uno orgánico para designar a los representantes, que se celebraría en un lugar desconocido, y otro multitudinario para presentar a los nuevos representantes y la oferta política- el fiscal concluye que ambos "son actos de dicha organización ilegal, materialmente imputables a ella y nada permite diferenciar su naturaleza a efectos de la eventual aplicación de una medida cautelar penal que impida su celebración".
Y todo parece indicar que la suspensión de actividades de Batasuna será acordada de nuevo esta mañana por el juez Grande-Marlaska. La Asociación de Víctimas del Terrorismo y la recién personada en la causa Dignidad y Justicia, que dirige Daniel Portero, han anunciado que solicitarán no sólo la suspensión de actividades de Batasuna sino también medidas concretas para que las fuerzas de seguridad impidan la celebración del congreso.
La única incertidumbre es el alcance de las medidas cautelares que pueda acordar el magistrado.
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