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Tribuna:LA LOE Y LOS PROFESORES DE RELIGIÓN
Tribuna
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El difícil camino de la normalización laboral

Hace ya más de un siglo, en 1903, en El Socialista, Pablo Iglesias lanzaba el siguiente reproche a su gente: "Excitar al proletariado a que dirija su actividad y su energía contra los clericales antes que contra los patronos es el error más grave de que pueden ser víctimas los que aspiran a terminar con la explotación humana".

Recojo esta cita, llena de realismo, sabiduría, laicidad y sentido de clase, como reconocimiento a la contribución del pensamiento laico en la construcción de una sociedad tolerante, pluralista, libre y abierta, por su aportación al concepto moderno de ciudadanía política. Las propuestas ideológicas de dicha cultura laica son el mejor antídoto a la ofensiva conservadora y confesional que en la actualidad ha aflorada en la sociedad española. Es muy útil interiorizar esta cita en un momento en el que el frente político-religioso-conservador formado por una parte de la escuela privada, el PP y la jerarquía de la Iglesia intenta institucionalizar sus privilegios.

La LOE debe tener un eje estratégico: la equidad. También en los derechos laborales de los profesores de religión
Pueden llevar 15, 20 o más años dando clase y quedarse en la calle al curso siguiente porque así lo decide el delegado de la diócesis, sin más

Nuestra Constitución supuso formalmente la superación del enfrentamiento entre las concepciones laicistas y las católico-profesionales del Estado en general y del modelo educativo en concreto. He dicho formalmente, ya que por la puerta de atrás se colaron los Acuerdos entre el Estado y la Santa Sede apenas un mes después de aprobada la Constitución, que en la actualidad están impidiendo el desarrollo de un Estado aconfesional tal como determina nuestra Constitución. Entre otras cosas, se prolonga el Concordato del 53 que incorpora la religión católica como asignatura fundamental en los planes de estudios del Estado, con el privilegio añadido de poder "gravar" a quienes no sigan las clases de religión con actividades obligatorias alternativas. Y, como resultado práctico en el terreno económico de nuestro modelo educativo, el Estado subvenciona con casi 4.000 millones de euros a 3.949 colegios concertados. De ellos, 1.860 colegios pertenecen a órdenes religiosas católicas y aglutinan al 65% del alumnado de la privada concertada, recibiendo por tanto unos 2.600 millones de euros. Así mismo, el Estado abona su sueldo a 15.000 profesores de religión (11.000 en la escuela pública y 4.000 en la privada). El coste por este concepto es de 517 millones de euros al año. Así es de generosa nuestra democracia.

La tramitación de la LOE ha puesto bajo los focos al profesorado de religión. Cíclicamente se vuelve a debatir si debe impartirse la religión en los centros educativos públicos. Detrás de las leyes y abundantes reformas educativas, seis planes de estudios en 25 años, están personas y situaciones concretas. Esto es lo que pretendo analizar y clarificar. Los profesores de religión son, ante todo y sobre todo, trabajadores. ¿Y cómo estan sus derechos laborales? Los contrata la Administración y los gestiona la jerarquía eclesiástica. Son una expresión laboral "indecente", utilizando terminología de la OIT. Es una anormalidad laboral preconstitucional que representa un neofeudalismo empresarial. Son un colectivo plural y sus simpatías políticas y sindicales están tan repartidas como en el resto de la sociedad. No son curas, están o no casados y ven con mucha preocupación su futuro laboral. Sus contratos son anuales, se pueden renovar al curso siguiente si tienen alunmos suficientes y el delegado diocesano de educación les renueva la missio o permiso para seguir ejerciendo (concepto del Derecho Canónico cuya objetivización vienen reivindicando estos trabajadores). Pueden llevar 15, 20 o más años dando clase y quedarse en la calle al curso siguiente porque así lo decide el delegado de la diócesis, sin más. No hace falta que se hayan ido de copas o con un compañero de claustro, como a veces nos informan los periódicos. No dan catequesis; esto queda para las parroquias, el currículum de su asignatura es público y aprobado por las autoridades. Contribuyen a la educación integral de sus alumnos insertándose críticamente en la sociedad y comprometiéndose éticamente en la vida. Para ello, asumen los métodos propios de la institución escolar y suelen estar disponibles cuando hay que echar una mano en actividades extraescolares. No deja de llamar la atención que aquellas órdenes religiosas que nacieron para atender a la infancia más desvalida, han dado el relevo de tal admirable labor a los centro públicos. Temen tener que acoger a integrados y a inmigrantes en sus aulas. Esto es sencillamente clasismo y un peligro de dualización del sistema educativo. Por ello, la LOE debe tener un eje estratégico: la equidad. También en los derechos laborales de los profesores de religión.

La situación de estos trabajadores no es ajena a las reivindicaciones de los sindicatos de clase. Hay un trabajo continuado por conseguir una normalización laboral que destierre la actual situación cuasi preconstitucional. Así, hemos tenido en Euskadi, hace tres años, el primer convenio laboral de profesores de religión, firmado entre el Gobierno vasco y los sindicatos CCOO, ELA y FETE-UGT. Ha sido un ejemplo práctico de posibilidad de entendimiento entre las diferentes partes. El concepto de "fijación diferente" supuso un pequeño avance para atemperar la inestabilidad y precariedad. Conozco el trabajo realizado con los diferentes grupos políticos por los representantes de los principales sindicatos y plataformas de profesores de religión, que comparten que su situación laboral es insostenible, siempre con contrato de duración determinada, aunque lleven más tiempo que las tizas en sus institutos y con un marco laboral arbitrario y alegal, que han trabajado para que la LOE les garantice unos derechos mínimos laborales.

¿Cuál es el resultado hasta la fecha de la LOE? Partiendo de la situación actual, los avances son importantes. Se accedera al destino mediante criterios objetivos de igualdad, mérito y capacidad, vieja reivindicación de estos docentes. La relación laboral de este colectivo con la Administración y su régimen de contratación debe hacerse de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores. En principio, esto debe suponer el acceso al contrato de relevo, siempre que cumplan los requisitos pertinentes en igualdad de derechos. Estos profesores percibirán retribuciones que correspondan con el respectivo nivel educativo de los profesores interinos. Tal como contempla la enmienda aprobada en la tramitación parlamentaria, "la propuesta para la docencia corresponderá a las entidades religiosas y se renovará automáticamente cada año. La determinación del contrato, a tiempo completo o a tiempo parcial, según los requieran las entidades de los centros, corresponderá a las administraciones competentes. La remoción, en su caso, se ajustará a derecho". Esto significa dos cosas: una de cal ya que en caso de "remoción", deberá justificarse y ajustarse a derecho, evitando situaciones de libre arbitrio, y otra de arena, ya que corresponde a las autoridades religiosas la propuesta de este profesorado, con fecha de caducidad a un año e inestabilidad laboral estructural.

Hay que añadir que en el proyecto de ley aprobado en comisión se contempla que los profesores que impartan la enseñanza de las religiones deberán cumplir los requisitos de titulación establecidos para las distintas enseñanzas reguladas en la presente ley, así como los establecidos en los acuerdos suscritos entre el Estado español y las diferentes confesiones religiosas. Aquí esta el corsé que impide una estabilidad laboral de los profesores de religión. El avance es importante, ellos están expectantes. Su lucha laboral y sindical debe continuar. La revisión de la enseñanza de la religión y de las religiones en los centros públicos es una reflexión complementaria y necesaria para otra oportunidad.

Carlos Trevilla es representante de UGT en el CES vasco.

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