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El juez Pedraz niega que la orden de detener a los militares del 'caso Couso' sea una represalia

El fiscal pregunta al magistrado si también ordenará la detención de Bush, Blair y Aznar

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz reiteró ayer la orden internacional de detención de los militares estadounidenses que presuntamente dispararon desde un tanque contra el hotel de Bagdad donde se alojaba el cámara de Telecinco José Couso, y rechazó que, "en modo alguno", su decisión sea "una represalia" por el hecho de que las autoridades norteamericanas no hayan atendido sus requerimientos de cooperación. El fiscal adscrito al proceso, Pedro Rubira, recurrió ayer en apelación para que la decisión de Pedraz sea revisada por la Sala de lo Penal.

El juez Pedraz rechaza en su auto el recurso de reforma del fiscal, y reitera que, a su entender, concurren motivos bastantes para creer a los tres militares estadounidenses responsables de la muerte de Couso, "sin que en modo alguno sea una represalia, según la sorprendente calificación del Ministerio Fiscal", dice el juez. El magistrado les imputa delitos contra la comunidad internacional y asesinato.

Por el contrario, Pedraz sostiene que la orden internacional de busca, captura y detención a efectos de extradición de tres militares de la Brigada número 64 de la Tercera División de Infantería Acorazada de EE UU "es la consecuencia lógico-jurídica y única medida para continuar en la averiguación del delito" y para la práctica de diligencias.

El juez reitera que la IV Convención de Ginebra establece la obligación de buscar a las personas acusadas, "debiendo hacerlas comparecer ante los propios tribunales fuere cual fuere su nacionalidad".

"En cualquier caso", prosigue Pedraz, "se trata de delitos graves que conllevan una pena grave y ello suele aconsejar al imputado sustraerse a la acción de la justicia, evitando estar a disposición del juzgado". Por eso procede, según el juez, la busca captura y detención con carácter previo, y "si en su caso son hallados, capturados y detenidos, se acordará lo pertinente en orden a decretar su prisión y solicitar la extradición".

Pedraz ratifica en otro apartado que la Audiencia Nacional sí tiene "competencia judicial penal internacional" para conocer del caso Couso. En ese sentido, señala que la competencia se determina por "la existencia de un tratado internacional aplicable" cual es la IV Convención de Ginebra de 1949, relativa a protección de personas civiles en tiempos de guerra, del cual son parte España, Estados Unidos e Irak. En cumplimiento de dicho tratado, España tomó medidas para buscar a personas acusadas y hacerlas comparecer ante sus propios tribunales, y en el Código Penal vigente, en los artículos 608 a 616 describe la conducta imputada a los militares norteamericanos, concluye Pedraz.

Contra la desestimación por el juez del recurso de reforma, el fiscal Pedro Rubira interpuso ayer mismo recurso de apelación, que deberá ser resuelto por un tribunal de la Sala de lo Penal de la Audiencia.

Rubira señala que no es de aplicación al caso la IV Convención de Ginebra, sino el Protocolo Adicional de 8 de junio de 1977, que equipara a los periodistas con las víctimas civiles de los conflictos internacionales. Según Rubira, el citado Protocolo no prevé el "principio de universalidad".

En todo caso, añade que los Convenios de Ginebra "obligan a España cuando son los ejércitos de nuestro país los que participan en un conflicto armado, sin que pueda aplicarse cuando en el conflicto interviene tropas de un tercer país".

El fiscal critica también que el juez tampoco ha resuelto sobre las "denuncias colaterales" dirigidas contra George Bush, Tony Blair y José María Aznar y pregunta "si acaso el juzgado tuviera intención" de ordenar su detención.

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz.
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz.EFE

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