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El TSJA ratifica la condena a un año de cárcel para un ex concejal del PP

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena a un año de prisión que impuso la Audiencia Provincial de Málaga al ex concejal de Personal y de Urbanismo de la capital Manuel Ramos (PP) y al jefe de servicio Enrique Vega por infidelidad en la custodia de documento.

La sala sólo ha estimado parcialmente el recurso presentado por Vega en lo que se refiere a la determinación de la inhabilitación durante tres años para empleo público a la que también fueron condenados. En el recurso, Vega solicitaba que la inhabilitación fuera solamente para ejercer como director de área o jefe de servicio, ya que en la sentencia emitida por la Audiencia no se especificaba el alcalde, pero la sala ha determinado que sea para cualquier tipo de empleo o cargo público en la administración local para los dos acusados.

Ramos y Vega fueron hallados culpables por un jurado popular del delito de infidelidad en la custodia de documento por no haber tramitado tres órdenes de embargo de la nómina del ex concejal enviadas por un juzgado al consistorio y que no pudieron así hacerse efectivas. Los hechos ocurrieron antes de que en mayo de 1999 Ramos fuera elegido concejal, y ocupaba la dirección de área de Bienestar Social, en la que Enrique Vega era jefe de servicio.

El jurado entendió que ambos se pusieron de acuerdo para no enviar los mandamientos de embargo al área de Tesorería. Ramos en cambio fue encontrado no culpable del delito de tráfico de influencias del que también le acusó la Fiscalía.

En el recurso de apelación presentado por los dos condenados, alegaban que en el juicio no quedó probado que ambos acordaran explícitamente esconder los requerimientos judiciales. Sin embargo, en el fallo del TSJA dictado el pasado 6 de octubre, se considera que "en el relato de los hechos aparecen elementos suficientes como para considerar verosímil, que la conducta del señor Vega vino precedida de un acuerdo o connivencia, al menos tácita, con el beneficiario de tal conducta, el señor Ramos".

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La sala además entiende que "cuando se considera probado un hecho delictivo por medio de presunciones o indicios, existe siempre un margen objetivo de dudas, es decir, la posibilidad de que no haya sido así. Lo relevante no es que exista o no esa duda, sino que el jurado, o quien tenga la competencia para decidir, haya descartado esa duda y haya optado por la versión de las acusaciones, siempre que tal versión pueda razonablemente deducirse de los indicios tenidos en cuenta".

Ramos y Vega fueron condenados en diciembre de 2003, pero la Audiencia consideró no motivada la sentencia, por lo que solicitó una nueva que se emitió en mayo de 2005. Manuel Ramos fue concejal del Ayuntamiento de Málaga entre 1999 y 2003, mandato durante el que tuvo a su cargo la concejalía de Personal primero y la de Urbanismo, después.

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