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El PP recurre las 'listas cremalleras' porque las cree propias de regímenes antidemocráticos

Los populares, que negaron estar en contra del "fondo de la ley", acuden al Constitucional

Lourdes Lucio

El Partido Popular considera que la presentación de listas electorales en la que se alternen hombres y mujeres vulnera el derecho a la igualdad y considera que la paridad en las candidaturas daría pie a que otros grupos sociales demandaran lo mismo por lo que con "semejante tendencia distributiva, se primaría la disolución del interés general en un conjunto de intereses parciales, más cercanos al corporativismo de regímenes antidemocráticos que a la libertad de la democracia representativa". Así consta en el recurso de inconstitucionalidad contra la ley Electoral de Andalucía, firmado por 62 diputados del PP (de los que 14 son mujeres) al Tribunal Constitucional el pasado 13 de septiembre.

La demanda, que ha sido admitida a trámite, va contra el artículo 2 de la ley Electoral de Andalucía, cuya reforma se aprobó en el pleno del pasado 30 de marzo con el voto de PSOE, IU y PA, y la abstención del grupo popular. El recurso está firmado por varios diputados andaluces -entre ellos el ex portavoz en el Parlamento Manuel Atencia- aunque no figura la rúbrica del presidente del PP y diputado al Congreso, Javier Arenas.

Los fundamentos de derecho que esgrime el PP son muy similares -hay párrafos idénticos- a los empleados por este partido y el Gobierno de José María Aznar en otros recursos presentados contra leyes autonómicas de paridad electoral del País Vasco, Baleares y Castilla-La Mancha.

En concreto, el PP plantea inconstitucionalidad por el artículo 2 en el que se afirma que en las candidaturas al Parlamento andaluz "se alternarán hombres y mujeres". Para los recurrentes las listas cremalleras "veta la posibilidad de formar parte de candidaturas", "vulnera el derecho a la igualdad por razón de sexo", al tiempo que considera "extremadamente dudoso que un determinado género parta de una situación de postergación". Los populares creen que los artículos de la Constitución que se vulneran son el 149.1 (que reserva la competencia al Estado), 6, 14, 23.2 y 68.5.

Según el recurso, la paridad electoral instaura "una cuota innecesaria y arbitraria, instalándose en la mera oportunidad política". El recurso afirma que la "protección de la mujer por sí sola no es razón suficiente para justificar la diferenciación" en las listas.

Los firmantes añaden: "Si es constitucionalmente aceptable que la mitad social femenina se refleje obligatoriamente en las candidaturas, con igual razón podrían exigir ese beneficio otras categorías o segmentos sociales". Aluden a continuación a los ancianos, los jóvenes, los discapacitados "y así sucesivamente". La conclusión es que "semejante tendencia", potenciaría "un conjunto de intereses parciales, más cercanos al corporativismo de regímenes antidemocráticos que a la libertad de la democracia representativa".

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El recurso sostiene que el Parlamento andaluz "desborda" sus competencias al legislar sobre esta materia y considera que "el contenido esencial del derecho fundamental de asociación, alma del partido político, es arrasado por el legislador autonómico". Según los diputados populares, la ley andaluza de paridad electoral supone "una clara restricción de la libre actividad de los partidos en la formación de las candidaturas". También interpretan que el "despropósito" de las listas cremalleras impediría que un partido feminista concurriese a las elecciones al Parlamento de Andalucía. "Esta circunstancia de laboratorio conduce derechamente a evidenciar el ataque frontal contra el pluralismo". Los parlamentarios conservadores hacen también una alusión al aval del Constitucional a la ley de partidos -"dictada para eliminar del juego democrático a partidos vinculados con el terrorismo" [HB]- y la ligan con la "paradoja" de que "ahora se aprueba una ley que impide la existencia de partidos compuesto sólo por hombres, o por mujeres, para defender lo que estimen pertinente".

En el debate de la aprobación de la ley Electoral, el PP se abstuvo y anunció un recurso "no en inconstitucionalidad, sino de amparo, al Tribunal Constitucional", afirmó María José García Pelayo ante el pleno del 30 de marzo. "No estamos en contra del fondo de la ley: estamos en contra del procedimiento que se ha utilizado para tramitar esta ley. Una ley que se ha tramitado con prisas (...) por un único motivo: al partido socialista le interesaba camuflar en cinco leyes, llamadas de impulso democrático (...) el pensionazo de Chaves".

Dos semanas antes de que se abstuviera a las listas cremalleras, el PP defendió la reforma de la ley de Gobierno andaluz para que todos altos cargos de la Administración autonómica fueran paritarios. Pelayo no respondió en el pleno a la siguiente pregunta de Concha Caballero (IU): "¿Por qué en los órganos intermedios del Gobierno sí, en las consejerías sí, y en las listas electorales, no?".

"En la Edad Media"

"El PP de Andalucía apuntala la línea ultraconservadora del Partido Popular, alejándose cada vez más de las mujeres andaluzas"; "el PP está demostrando que están anclados en la Edad Media", atronaron ayer las diputadas Elia Maldonado (PSOE) y Concha Caballero (IU) sobre el recurso contra la ley Electoral andaluza presentado por el Partido Popular.

Maldonado, secretaria de Igualdad del PSOE, calificó la demanda de "retrógrada y machista", al tiempo que criticó la "desfachatez política y la cobardía" de Javier Arenas quien, al no firmar el recurso, "una vez más tira la piedra y esconde la mano, no da la cara por las mujeres andaluzas y antepone el sectarismo".

De la misma opinión fue Caballero -"Arenas quiere jugar a la ambigüedad, cuando el responsable de esta medida reaccionaria es él"- y lamentó la forma de actuar que ha tenido el PP, puesto que "no ha informado de su decisión de presentar el recurso. Parece que les da vergüenza".

La vicesecretaria del PP, Esperanza Oña, afirmó que el recurso tiene "base legal", dado que la medida de las listas cremalleras es "discriminatoria y humillante".

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