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LA OPA SOBRE ENDESA

El Tribunal de Justicia de la UE veta la compra de Gas de Portugal por EDP y la italiana ENI

El Tribunal de Justicia de Primera Instancia de la UE confirmó ayer una decisión de la Comisión Europea de 2004 por la que prohibió la adquisición de Gas de Portugal por Energías de Portugal, (EDP) y la empresa italiana de energía ENI SpA. La decisión del tribunal de Luxemburgo fue recibida con satisfacción por la comisaria de Competencia, Neelie Kroes, quien manifestó que "esta importante sentencia ilustra la efectividad del control sobre fusiones que realiza la UE".

El veto a la operación planteada en Portugal para EDP y Gas de Portugal, dos empresas participadas por capital público y sin competencia real, provocó en España un fuerte revuelo. Endesa se apresuró a señalar que el veto era "lógico" y que la operación prohibida es "muy similar" a la oferta de compra planteada por Gas Natural. La rápida reacción de Endesa para sumar argumentos contra lo que considera un ataque hostil por parte de Gas Natural fue, sin embargo, contestada por el propio ministro de Industria, José Montilla, desde Lisboa y por la compañía gasista española.

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Según Montilla, la operación planteada en Portugal no es comparable a la OPA de Gas Natural sobre Endesa. "Ha habido pronunciamientos suficientemente claros de la Comisión Europea de que éste es un tema de absoluta competencia de las autoridades españolas, dadas las características de las empresas y del mercado. La Comisión sólo piensa estudiarlo a petición del Gobierno español, cosa que no haremos", dijo Montilla en un encuentro con el ministro portugués de Economía, Manuel Pinho.

Por su parte, Gas Natural explicó que la sentencia "sienta un precedente favorable" a la operación Gas Natural-Endesa. La compañía que preside Salvador Gabarró, que se personó a la causa tramitada en Bruselas contra la operación portuguesa y apoyó las tesis de la Comisión de vetar la operación portuguesa, abundó en las diferencias entre ambas operaciones al señalar que EDP y Gas de Portugal, ambas con participación pública, son monopolios en su país, donde controlan prácticamente sin competencia tanto el gas como la electricidad, con cuotas de mercado de entre el 70% y el 100%.

Desinversiones

Además, según la compañía gasista, la sentencia cuestiona el plan de desinversiones planteado por EDP y ENI en la fusión con Gas, algo que considera resuelto en la OPA planteada en España por el acuerdo de venta de activos firmado con Iberdrola.

La polémica operación de fusión EDP-Gas de Portugal provocó que en diciembre de 2004 la Comisión Europea declarara que la concentración, acordada el 31 de marzo anterior, "era incompatible con el mercado común". Tras analizar el acuerdo, la Comisión llegó a la conclusión de que a pesar de los compromisos significativos propuestos por las partes para resolver los problemas identificados en el ámbito de la competencia, "la concentración reforzaría las posiciones dominantes de Energías de Portugal, la histórica compañía eléctrica portuguesa en todos los mercados".

La Comisión también señala las posiciones dominantes de Gas de Portugal en la mayoría de mercados de aquel país. En febrero de este año, EDP solicitó al Tribunal de Primera Instancia que anulase la decisión de la Comisión Europea. Los jueces de primera instancia han desestimado el recurso de EDP, que podrá interponer recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

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