Abanico judicial
El Gobierno socialista encara el próximo curso político con un amplio abanico de reformas en el ámbito de la justicia, desde el recurso de casación ante el Tribunal Supremo al de amparo ante el Tribunal Constitucional, pasando por la atribución de mayores competencias a los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas y la implantación de la llamada justicia de proximidad en los grandes núcleos urbanos.
La reforma del recurso de amparo, largamente esperada, es considerada imprescindible para desatascar de casos pendientes la mesa del Tribunal Constitucional y reducir a sus justos límites el uso de ese derecho por los ciudadanos. Cuenta, por ello, con un amplio respaldo político y judicial.
Más conflictivas se presentan las otras reformas. El PP sospecha que son una concesión a los nacionalismos, por más que constituyan una adecuación de la organización judicial a la estructura autonómica del Estado. Habrá que ver cómo quedan articuladas, pero los anteproyectos de ley no desbordan el marco autonómico y mantienen, como es lógico, el carácter indivisible del Poder Judicial en todo el Estado. El anterior Gobierno del PP ya avanzó algo en este camino, atribuyendo a los tribunales superiores de justicia de las CC AA la función de segunda instancia penal en sus respectivos territorios. Tampoco ha sido insensible a la idea de una justicia de proximidad, paralela a una policía de barrio, como respuesta ágil e inmediata a la delincuencia menor o los litigios civiles de urgencia, como los desahucios, que se producen en las zonas urbanas.
Todas estas reformas son congruentes, en mayor o menor medida, con el objetivo de mejorar el funcionamiento de los tribunales y acercar la justicia a los ciudadanos. Sería exagerado afirmar que el funcionamiento de la justicia, especialmente la penal, es cada vez peor, pero lo que sí es evidente es que no mejora. El hecho de que una cuarta parte de los reclusos en España estén en la cárcel con carácter preventivo puede ser un indicio de la facilidad con que los jueces hacen uso de una medida excepcional como es la prisión provisional, pero también del retraso excesivo que siguen sufriendo los procesos penales. Los presos preventivos, en espera de juicio, son todavía demasiados, aunque hayan sido proporcionalmente más numerosos en otras épocas.
En el caso del Tribunal Constitucional, la reforma del recurso de amparo, por la que se establecen filtros para su admisión en los tribunales ordinarios, en especial el Supremo, servirá para aligerarle de un trabajo burocrático -casi 7.000 recursos inadmitidos el último año- y ampliar su tiempo de dedicación a los asuntos estrictamente jurisdiccionales. Y la justicia de proximidad en los grandes núcleos urbanos ayudará sin duda a desatascar a unos tribunales penales y civiles siempre al borde del colapso, a condición de que los nuevos juzgados tengan medios suficientes y sus titulares estén integrados en la judicatura -otra cosa sería inconstitucional- y sean nombrados por el Consejo General del Poder Judicial.
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