_
_
_
_
Reportaje:

El oficiante da plantón a los novios

Una juez condena al Ayuntamiento de Majadahonda a pagar 10.000 euros a una pareja porque un edil no acudió a casarla

Los novios, nerviosos. Los padrinos y los 200 familiares y amigos, impacientes. Un jardín maravilloso con una carpa blanca. Todo preparado para una boda al más puro estilo americano. Pero falta un personaje esencial: el encargado de oficiar la ceremonia. Tres horas de espera... y el concejal que no llega. Compuestos y sin celebrante.

Angustia. Decepción. Decisión. El banquete está pagado. Hay que aprovecharlo. La cena. El vino. La tarta de casados. Los niños empiezan a correr por el salón. Los amigos, con una copa de más, se desmadran. El encargado del club de golf avisa a otro concejal que, finalmente, acude al local. Allí mismo, entre risas y cachondeo, casó a la pareja. Ahora, 15 meses después, una juez ha condenado al Ayuntamiento de Majadahonda a indemnizar al matrimonio con 10.000 euros por aquel desaguisado.

Esto es lo que les ocurrió a Inmaculada y Francisco Javier el 20 de marzo de 2004 en el Club de Golf Las Rejas de Majadahonda. Ángel Alonso Bernal, el concejal del PP, que debía haberlos casado, manifestó días después que había sufrido un "percance doméstico" y que se había torcido el tobillo derecho, lo que le impidió ir al acto.

El concejal popular que finalmente ofició la ceremonia, Juan Carlos Díaz Rodríguez, al que el responsable del Club de Golf reclamó para unir a la pareja, había intentado previamente convencer telefónicamente a los novios de que no se casaran.

El matrimonio, indignado, presentó tiempo después una reclamación por daños y perjucios contra el Ayuntamiento majariego, que éste desestimó por entender que existía "causa de fuerza mayor acreditada". Según el Consistorio, no se podía probar "la angustia y el sufrimiento" de los novios, al ser "reglas de criterio humano" las que debían mostrar la verdad de los hechos.

Ante esta negativa, Inmaculada y Francisco Javier presentaron un recurso contencioso-administrativo, que recayó en el Juzgado número 11 de Madrid. El 2 de junio pasado se celebró la vista oral. El concejal Alonso Bernal, que debería haber sido el que casara a la pareja, aportó un justificante médico, fechado dos días después de la ceremonia nupcial, que indicaba que no había podido hacerlo por sufrir un percance doméstico: la torcedura del tobillo derecho.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

La juez Ana Monreal Díaz ha condenado al Ayuntamiento de Majadahonda a pagar 10.000 euros en concepto de reparación por los daños materiales y morales ocasionados a la pareja, y a hacerse cargo de los costes procesales.

La sentencia señala que esta cantidad repara "sólo en parte los daños sufridos en la propia dignidad, consideración y respeto que toda persona merece, y en el que el actuar de la Administración se conculca de manera grosera".

El fallo judicial afirma que no existe causa justificada suficiente para que el edil no acudiera al acto. "No sólo no justifica la ausencia de esta persona, sino que denota la más [absoluta] falta de seriedad y respeto a las obligaciones de su cargo y respeto a los contrayentes".

Los novios aportaron como prueba en el juicio las fotos de la ceremonia, en las que se veía a todos los invitados descamisados y a risotada limpia ante la kafkiana situación. Hubo banquete antes que boda civil.

Según explicaron los abogados de la pareja, las imágenes mostraban a los niños corriendo por el salón del Club de Golf y a la gente en tono desenfadado. El matrimonio, que finalmente ofició el concejal Díaz, se celebró en los salones del local y no en el jardín, como estaba previsto.

Por todo ello, la sentencia informa que queda acreditada "la realidad del desasosiego, la irregularidad en el reportaje fotográfico, la celebración del matrimonio en ambiente de burla, risas y la celebración del mismo en lugar no fijado al efecto".

La juez Monreal consideró fundado "el desasosiego, la incertidumbre, los nervios y la intranquilidad" que sufrieron Inmaculada y Francisco Javier ante la inexplicable ausencia del concejal que debía casarlos.

La pareja había preparado "con gran ilusión" la boda. Había reservado un espacio que, según explicaron los abogados de Inmaculada y Francisco Javier, es difícil de conseguir.

La sentencia refleja "el daño irreparable de un acto único e irrepetible, de gran ilusión, el esfuerzo de organizarlo y el total desbarajuste que el retraso produce, tan evidente y obvio que ya anunciamos que tendrá consecuencias en cuanto a las costas del presente procedimiento". Ante una situación "tan bochornosa como irresponsable", según Dolores Dolz, portavoz de IU en el Ayuntamiento de Majadahonda, formuló una pregunta sobre el caso en el último pleno municipal y expresó su rechazo a que "con dinero de los majariegos se tengan que pagar las consecuencias de una actuación indigna por parte de un concejal del PP".

Imagínense preparando su boda. Diseñando las invitaciones. Aviso: se ruega que el concejal confirme su asistencia.

Un percance doméstico

El Ayuntamiento de Majadahonda ha sido condenado a pagar 10.000 euros a los contrayentes, al considerar la juez que es responsable de los daños sufridos por éstos. Contra esta sentencia no cabe interponer ningún recurso ordinario.

Una responsabilidad, según la ley, "directa y objetiva", que obliga al Consistorio a indemnizar toda lesión que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes o derechos, siempre que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. La ley dice que no todo daño que produzca la Administración es indemnizable. Para que el daño sea indemnizable, además de ser real y efectivo, evaluable económicamente e individualizado, debe incidir sobre bienes o derechos, imputable a la Administración de manera directa.

En el caso de Inmaculada y Francisco Javier, la juez Ana Monreal Díaz dictaminó que el "sufrimiento y padecimiento de los contrayentes" fue consecuencia directa de la impuntualidad del edil que debía casarlos, Ángel Alonso Bernal, que no acudió al acto "por haber sufrido un percance doméstico que afectó a la movilidad de su tobillo derecho".

La juez entiende que en el caso de la pareja "es evidente que la actuación negligente del Ayuntamiento ha ocasionado unos daños y perjuicios directos, que son los causados por lo deficiente del reportaje fotográfico, la mutación del natural orden fotográfico, el defecto de luz...".

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_