El acoso a un discapacitado se castigará hasta con un millón de euros
Trabajo presenta una batería de sanciones para garantizar la igualdad de oportunidades
Cualquier conducta relacionada con la discapacidad de una persona que atente contra su dignidad o le cree un entorno hostil o humillante (acoso, según la normativa) se castigará con multas que pueden llegar al millón de euros. Así consta en el anteproyecto de ley que ayer presentó el ministro de Trabajo, Jesús Caldera, al Consejo Nacional de la Discapacidad, formado por representantes de organizaciones que agrupan a estos ciudadanos.
El anteproyecto de ley establece las infracciones y sanciones para quienes incumplan la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad. Esa norma, aprobada en 2003, fija plazos -en general, largos- para acabar con cualquier tipo de barrera de acceso a bienes y servicios. También da cabida a las medidas de discriminación positiva como medio para alcanzar la igualdad de oportunidades. En España viven 3,5 millones de personas con alguna discapacidad física, sensorial o psíquica, según el INE.
La futura ley es un rayo de esperanza para las personas con discapacidad, que han criticado el incumplimiento de normas ya existentes, incluso en el ámbito municipal, para eliminar las barreras. "Es un paso muy importante", dijo a Servimedia el presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Mario García. El anteproyecto recoge en su exposición de motivos la necesidad de las sanciones para "que la ley no se convierta en una mera declaración de principios".
El texto establece el régimen de infracciones administrativas (por acción u omisión) por el incumplimiento de la ley de igualdad de oportunidades vigente. Permite sancionar a personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes, que además serán responsables solidarios si su actividad incluye "el deber de prevenir la infracción administrativa cometida por otros".
Entre las infracciones con sanción figuran la discriminación directa o indirecta, el incumplimiento de las exigencias de accesibilidad a entornos, bienes y servicios (la ley vigente prevé plazos de adecuación de tres a 17 años) o de realizar las tareas dirigidas a lograrla. También incluye el acoso (conducta relacionada con la discapacidad de una persona que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad o crearle un entorno hostil, humillante, degradante u ofensivo por ser discapacitado) y el incumplimiento "de las medidas de discriminación positiva, especialmente cuando se deriven beneficios económicos para el infractor".
Tres niveles de sanciones
El anteproyecto establece tres niveles de sanciones, cada una de ellas con tres grados. Las impondrá el Ministerio de Trabajo, que también iniciará los procedimientos. Las infracciones leves, serán las irregularidades "meramente formales" de la ley vigente. Se castigarán con sanciones de 301 a 30.000 euros.
Serán infracciones graves "los actos discriminatorios u omisiones que supongan directa o indirectamente un trato menos favorable a la persona con discapacidad en relación con otra", el incumplimiento de las medidas de discriminación positiva, el incumplimiento de los requisitos de accesibilidad que deben tener los bienes, los servicios y los entornos, así como la negativa a adaptarlos. La sanción oscilará entre 30.001 y 90.000 euros. Las infracciones muy graves serán todas las conductas de acoso y la coacción, amenaza o represalia sobre una persona con discapacidad que reclame el cumplimiento del principio de igualdad. Las sanciones serán de 90.001 a un millón de euros (a partir de medio millón las aprobará el Consejo de Ministros).
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