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El Estado pagará más de 540.000 euros a un niño que quedó ciego en un colegio

La Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo ha elevado a 540.911 euros, además el importe de los días de baja, la indemnización que debe pagar el Estado a un niño que quedó ciego a los seis años, con alta invalidez en las cuatro extremidades y con el bazo extirpado, a consecuencia de haberse caído de un muro cuando jugaba con otro niño durante el recreo en un colegio.

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Lecumberri, corrige el criterio de la Audiencia Nacional, que no incluyó en la indemnización por daño moral los perjuicios derivados por los días de baja del menor.

El Supremo rechaza el recurso del abogado del Estado, que aunque admitió que los hechos determinantes de la lesión se produjeron durante un recreo en un centro escolar, negó que pudiera imputarse a la Administración una disfuncionalidad del servicio público educativo, "pues el daño se produjo por la propia actividad de la víctima".

En 2000, el Ministerio de Educación y Cultura denegó la reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado. La Audiencia Nacional estimó parcialmente el recurso y ahora el Supremo ha aumentado la indemnización.

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