Cuatro juzgados acumulan más de 30.000 sentencias por ejecutar
Las administraciones pactan un plan de choque contra el colapso
Cuatro juzgados de lo penal de Barcelona acumulan más de 30.000 sentencias firmes pendientes de cumplir. Son condenas de hasta cinco años de prisión contra las que ya no se puede recurrir y en las que sólo falta que esos jueces decidan cuándo y cómo se han de ejecutar. Para abordar esta situación de colapso, las instituciones han puesto en marcha un plan de choque de seis meses y se han creado cuatro juzgados de refuerzo.
Los juzgados de lo penal de ejecutorias empezaron a funcionar en enero de 2003 en las principales ciudades españolas para hacer cumplir las sentencias firmes que dictan otros juzgados de lo penal o de instrucción. Son condenas por delitos menores, como robos y alcoholemias, que no siempre comportan ingreso en prisión, sino que en ocasiones el juez opta por medidas penales alternativas, multa o retirada del carnet de conducir. En cada caso es el juez quien decide cómo se ejecuta la pena y ese trámite puede durar años, explica Dolors Leyva, juez sustituta en el Juzgado de lo Penal número 21 de refuerzo.
Y es que, por ejemplo, una persona puede ser insolvente al dictarse una sentencia que la condena a una indemnización, pero el perjudicado tiene 15 años para reclamar el pago. Y para demostrar la insolvencia, el juzgado ha de reclamar informes a Hacienda, averiguar su patrimonio y embargar si se da el caso. En otros asuntos, una ejecutoria puede servir para acumularse y refundirse hasta 17 condenas menores, como ocurre con un preso del juzgado de Leyva.
Más entradas que salidas
A la situación de colapso actual se ha llegado porque en los cuatro juzgados existentes hasta ahora entraban más asuntos de los que se resolvían. En el año 2002 fueron 17.178 pleitos; un año después, entraron 32.026 casos que se quitaron de encima los otros 20 juzgados de lo penal de Barcelona, y el año pasado, 14.945 asuntos, de los que 12.704 fueron sentencias condenatorias y 2.241 absoluciones. Y es que la absolución también requiere un trámite porque en ocasiones comporta la devolución de una fianza, el levantamiento de una medida cautelar o el pago de costas. "La situación de los juzgados de ejecutorias en España es lamentable. Y en algunas ciudades, incluso peor que en Barcelona", asegura Maria Sanahuja, juez decana de la ciudad. La diferencia con respecto a otras capitales es que en la capital catalana se aplica desde hace un mes un plan de choque aprobado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). "El Departamento de Justicia de la Generalitat hizo las obras necesarias en los locales y puso más funcionarios de refuerzo, el ministerio asumió el coste de cuatro juzgados más con jueces y secretarios, y los funcionarios, a través de los sindicatos, están haciendo aportaciones muy valiosas para que los jueces establezcan criterios organizativos que aseguren una mayor eficacia", añade Sanahuja.
Cada uno de los ocho juzgados de ejecutorias tiene 17 funcionarios, pero los jueces reclaman que se mejore el sistema informático y advierten de que los cuatro juzgados de refuerzo se deben mantener más allá de los seis meses previstos inicialmente.
Núria Cleries, directora general de Relaciones con la Administración de la Generalitat, se muestra optimista. "El tapón se empieza a desatascar y habrá que ver en el futuro si se ha de prorrogar al personal". Cleries recuerda que Justicia está trabajando para que los jueces puedan acceder a listas externas y facilitarles el trabajo.
Más crítica se muestra la presidenta del TSJC, Maria Eugènia Alegret, quien cuestiona "la utilidad" de esos juzgados y se pregunta si no habrá que replantearse su existencia. "Desde luego, de poco sirve la rapidez en el enjuiciamiento penal si las ejecutorias no son tramitadas con la celeridad deseable", asegura.
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