_
_
_
_
INFORME DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO | Elecciones en el PaísVasco

"No hay pruebas fehacientes para ilegalizar a EHAK"

"Las circunstancias que acompañaron a la creación del partido PCTV-EHAK [inicialmente denominado EHK], la actividad pública de éste y los resultados de las investigaciones llevadas a cabo desde el año 2002 hasta la fecha no conducen, hasta el momento, a la constatación de elementos fehacientes de prueba que puedan fundamentar una pretensión de ilegalización del partido, en cuanto sucesor o testaferro de Batasuna, con perspectivas de éxito, ni en cuanto a la obtención final de esa ilegalización, ni en cuanto a la adopción de medidas cautelares que impidieran concurrir a las elecciones al Parlamento vasco", según el informe de la Abogacía del Estado que ha llevado al Gobierno a ordenar seguir investigando para acumular pruebas.

Más información
Justicia explica al PP que no impugnará la lista de EHAK "por corazonadas"

Según el informe, la mayoría de los datos que pueden servir para formar la convicción sobre la sucesión o continuación de Batasuna por EHAK "se sitúan en el ámbito de los que el Tribunal Constitucional ha excluido expresamente de relevancia probatoria". El informe los agrupa en:

- Elementos subjetivos: "Del informe de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado de 10 de abril de 2005, tan sólo se advierte la existencia de tres candidatos que también lo fueron de alguna formación ilegalizada (Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y una plataforma local en Álava en las locales de 2003). Es, precisamente el mismo supuesto que el Tribunal Constitucional ha rechazado como elemento probatorio. Otras personas aparecen como pertenecientes al sindicato LAB, cuyas coincidencias con la izquierda abertzale son notorias, pero que es un sindicato legalmente constituido".

"La circunstancia de que dirigentes del PCTV-EHAK hayan pertenecido o sido dirigentes de Batasuna en el pasado, además de obviar el hecho de la escisión que precisamente dio lugar al nacimiento del PCTV-EHAK, no es relevante según la jurisprudencia constitucional".

- Elementos políticos u organizativos:

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

a) "No se dispone de prueba directa de la existencia de reunión, comunicación o concierto de voluntades expreso entre Batasuna y el PCTV-EHAK. La manifestación por parte de funcionarios de fuerzas y cuerpos de la seguridad del Estado de la existencia de una información proveniente de terceros, de "elevada credibilidad", cuya identidad se mantiene confidencial, carece de suficiente relevancia para constituir una prueba capaz de fundar un procedimiento de ilegalización. Si la demandada pidiera, como sería lógico, la presencia del agente de la autoridad, éste no podría decir más que lo que le han contado a él, no lo que ha presenciado directamente, con lo que el testimonio sería lo que se denomina en Derecho 'prueba referencial', carente prácticamente de valor, dado que basta con que la demandada negara la realidad de esa reunión para que la prueba careciera de valor alguno".

b) "Las numerosas expresiones públicas de coordinación y complementariedad política entre ambas formaciones (la ilegalizada y la sucesora) se enmarcan en el campo de las deducciones meramente razonables. La colaboración táctica con Batasuna que se desprende del mensaje político de PCTV-EHAK se ve ubicada también en este campo, pero sin existir, desde el punto de vista procesal, material probatorio concreto susceptible de ser utilizado ante la Sala Especial a día de hoy".

c) "Resulta también insuficiente por sí misma, en el sentido que venimos exponiendo, aun cuando parezca como prueba válida, la circunstancia de que el jefe de prensa de Batasuna y su ayudante hayan asumido las relaciones del PCTV-EHAK con la prensa. Decimos que este medio de prueba es plenamente válido, dado que la realidad de este hecho se demuestra porque dos periodistas piden una entrevista a los portavoces del partido político y éstos les remiten a una persona allí presente que estos periodistas reconocen inmediatamente como Joseba Zinkunegi, el responsable de prensa de Batasuna. Esos testigos podrían ser llamados al incidente de ejecución, si la demandada negara este hecho, ratificándose o no, en la realidad de estas apreciaciones".

d) "Las relaciones recíprocas de Batasuna y el PCTV-EHK con la asociación "Oilo Gorri" [Pollo rojo] carecen de toda traducción financiera o de colaboración: no se ha dispuesto -o no se acredita- de fondos de la asociación citada por el partido. El informe de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado reconoce que no se han producido disposiciones de fondos para el PCTV-EHAK de las cuentas de la asociación Oilo Gorri -vinculada, al parecer, a Batasuna- y que, aunque así fuera, su capacidad financiera para una campaña en toda regla sería claramente insuficiente".

"En síntesis, se reitera que a día de hoy, se cuenta con un solo elemento válido y claro de la posible conexión existente entre Batasuna y el PCTV-EHAK, utilizable en juicio, según las normas procesales, elemento que resulta insuficiente para conseguir el objetivo de ilegalizar a un partido político en pleno proceso electoral".

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_