Territorio grava los excesos urbanísticos de los municipios
Las iniciativas urbanísticas que afecten a más del 20% del suelo urbanizado en cada municipio serán gravadas con una tasa de seis euros por metro cuadrado que nutrirá el fondo de equidad territorial previsto por la Ley de Ordenación del Territorio, según establece el reglamento de gestión territorial que ha elaborado la Consejería de Territorio y que pretende aprobar en los próximos días.
El reglamento, que ha sido remitido al resto de consejerías como paso previo a su aprobación definitiva, establece, además, que las iniciativas urbanísticas tendrán como límite la ocupación del 30% de la superficie urbanizada del municipio. La limitación a la ocupación de suelo se extiende hasta 2010.
Según las estimaciones de la Consejería de Territorio, a lo largo de la pasada década la ocupación de suelo para desarrollos urbanísticos de toda índole, desde planes parciales a planes especiales aprobados por los ayuntamientos de toda la Comunidad Valenciana, superó el 50% de la superficie urbanizada diez años antes.
El Consell, por su parte, se compromete a aportar el 0,7% de su presupuesto a financiar el fondo de equidad territorial que financiará proyectos ambientales, paisajísticos y de carácter social en los municipios con menor capacidad financiera debido, precisamente, a su escaso desarrollo urbanístico.
Las inversiones del fondo de equidad territorial "premiarán a los municipios con menor crecimiento urbanístico y serán un incentivo para desarrollar una ocupación de suelo ordenada y sostenible", según Rafael Blasco, consejero de Territorio. "Estas inversiones tienen como objetivo la sostenibilidad del territorio y la calidad de vida de los ciudadanos", añadió el consejero a través de una nota.
Zonas húmedas
El reglamento de la Ley de Ordenación Territorial desarrolla el espíritu de la norma, que también incluye medidas específicas de protección de las zonas húmedas que se extienden a lo largo del territorio litoral.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia, difundida ayer por la Consejería de Territorio, avala la redacción del actual catálogo de humedales y desestima una demanda interpuesta por el Grupo para el Estudio y Conservación de los Espacios Naturales (GECEN), que pretendía incorporar en la relación de zonas protegidas El Prat de Oropesa, El Quadro de Santiago en Benicássim-Marjalería de Castellón, el Molí de la Font y la Laguna de Sant Mateu, todas ellas en la provincia de Castellón.
La sentencia establece que las solicitudes ya se desestimaron cuando el catálogo estaba en fase de exposición pública, que no fueron recurridas de nuevo antes de que el catálogo fuera definitivamente aprobado y que, por lo tanto, está fuera de lugar plantear de nuevo la cuestión.
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