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Columna
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Calendario razonable

Esta semana hemos conocido la propuesta de calendario para la reforma del Estatuto de Autonomía del presidente de la Junta de Andalucía. Obviamente, dada la extraordinaria mayoría de la que dispone el PSOE en el Parlamento de Andalucía y dado el previsible acuerdo de IU y PA en este terreno, es lógico pensar que la propuesta acabe abriéndose camino.

La propuesta es razonable y es bueno que se haya hecho. Era importante que no se diera la impresión de que Andalucía hacía depender la reforma de su Estatuto de Autonomía de la reforma que se hiciera en Cataluña. Si en la fase estatuyente originaria la autonomía alcanzada por las llamadas nacionalidades históricas tenía que ser el punto de referencia para las regiones que quisieran constituirse por la vía del artículo 151 de la Constitución, en el día de hoy, tras casi 25 años de experiencia autonómica, no tiene sentido continuar considerando a ninguna otra comunidad autónoma punto de referencia de la autonomía andaluza. Aquí se tiene que hacer la reforma que se considere necesario hacer, sin tener que estar pendiente de la reforma que hagan los demás.

El hecho de que en la propuesta se haga coincidir el referéndum con las elecciones locales de 2007 es anecdótico

Entre otras cosas, porque la operación de reforma tiene que moverse dentro de límites que están delimitados. Si la Constitución se mantiene tal como está o si las reformas constitucionales que se aprueban son única y exclusivamente las que el Gobierno ha propuesto, (y no es previsible que vaya a ser de otra manera), la reforma estatutaria tendrá que circunscribirse o bien a la mejora de la fórmula de gobierno diseñada en el Estatuto o bien a una definición más precisa de la distribución de competencias entre el Estado y la comunidad autónoma.

Nadie debe esperar un Estatuto nuevo, sino el mismo Estatuto reformado. En esto es en lo que consiste la operación de reforma de la Constitución o de las normas materialmente constitucionales, como los estatutos de autonomía, en todos los países democráticos del mundo. La reforma de la Constitución no es casi nunca una operación de cambio de constitución, sino de retoque de la constitución. Se reforma una constitución porque se la quiere conservar, porque se considera que es portadora de una buena fórmula de gobierno, que se debe mantener de manera indefinida.

Esta es la perspectiva desde la que se debe considerar la reforma del Estatuto de Autonomía en Andalucía. El Estatuto es un buen Estatuto. Ha estado en vigor desde 1982 y con base en él se ha podido constituir Andalucía por primera vez en la historia de España en una unidad de descentralización política del Estado. Andalucía institucionalmente siempre habían sido dos. Siempre ha habido dos Audiencias Territoriales, dos Capitanías Generales, dos Universidades...En la Constitución Federal de 1873 había dos Estados andaluces. Ha sido el Estatuto de Autonomía el que ha hecho posible la unidad política de Andalucía. Y con dicha unidad su afirmación con mayor peso que ninguna otra comunidad autónoma en el Estado español.

No es poca cosa lo que se ha conseguido con el Estatuto. Con diferencia, ha sido para Andalucía el mejor periodo en los dos últimos siglos. De una Andalucía que ha estado perdiendo población masivamente década a década durante casi dos siglos, hemos pasado a una Andalucía que no solo ha sido capaz de conservar la población propia sino de atraer población de otros sitios, tanto de dentro como de fuera de España. No se puede olvidar esto a la hora de hacer la reforma. El Estatuto debe continuar siendo reconocible tras la operación de reforma, porque es la seña de identidad más destacada de la autonomía andaluza. Sería un disparate que así no fuera.

Es ésta la perspectiva que tiene que dominar en la operación de reforma. El derecho a la autonomía lo hemos ejercido ya desde hace 23 años. No tenemos que inventarnos un nuevo ejercicio del mismo, sino únicamente profundizar en lo que hemos venido haciendo. Cuando hicimos el Estatuto quedaron fuera del mismo algunas cosas, como por ejemplo, los medios de comunicación de titularidad pública andaluza, que ahora existen y que son un elemento central del sistema político andaluz. Sería bueno que se incorporaran al Estatuto y que se definiera con claridad el estatuto de los mismos, a fin de garantizar su autonomía respecto del Gobierno de turno. Es la única manera de dar una respuesta definitiva a este problema. O no contemplamos adecuadamente la articulación territorial interna de Andalucía, quedando mal definido el lugar de las Diputaciones provinciales y en un limbo el de los municipios. O no se previó la disolución del Parlamento, que después se introdujo de manera constitucionalmente más que dudosa mediante ley autonómica. O se contempló un segundo procedimiento de investidura de presidente, que no ha planteado ningún problema porque los resultados electorales han sido muy rotundos, pero que debería hacerse desaparecer antes de que eventualmente se llegara a tener que hacer uso del mismo. O incoporar el Consejo Consultivo, que no figura en el Estatuto y que se ha convertido en un órgano de gran relevancia. O mejorar la distribución de competencias con el Estado a la luz de la experiencia acumulada en este terreno en estos años.

Éste es el terreno de la reforma. Y es un terreno en el que tiene que primar la experiencia propia y no la experiencia ajena. De ahí que sea bueno que se haya despejado la incógnita del calendario y que haya que ponerse manos a la obra. El hecho de que en la propuesta se haga coincidir el referéndum con las elecciones municipales de 2007 es anecdótico. Ese referéndum no tiene nada que ver con el del 28-F de 1980. Es un referéndum como el del 20 de octubre de 1981, del que nadie se acuerda.

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