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LOS INTERESES DE LOS USUARIOS

Expediente a 57 constructoras por irregularidades en la venta de pisos nuevos

El Departamento de Comercio, Turismo y Consumo expedientó en 2004 a 57 constructoras por irregularidades en la venta de pisos de obra nueva, en ocasiones por más de una. La mayoría de estas actas se abrieron por no ofrecer al comprador la información mínima obligatoria o por deficiencias de calidad, según el director de la Agencia Catalana del Consumo, Enric Aloy.

En 2004, los consumidores presentaron un total de 71 denuncias contra empresas constructoras y el departamento inspeccionó a 139 sociedades dedicadas a la venta de viviendas de obra nueva, el 38,6% más que en 2003. Tras la telefonía, la construcción es el segundo sector en reclamaciones de los consumidores.

La Generalitat tiene en trámite 42 de estos expedientes, con unas sanciones que suman 662.700 euros. La mitad de esta cuantía corresponde a una empresa, cuyo nombre se hará público al final del caso si éste prospera, y se trata de una infracción considerada muy grave porque la calidad de los materiales no se ajustaba a la prometida. Este asunto afecta a 200 pisos.

En los casos de infracciones muy graves, que además afecten a una pluralidad de ciudadanos, la sanción puede comportar también la publicidad del nombre de la empresa, una vía que la Generalitat quiere potenciar. Aloy explicó que la actividad inspectora de oficio se centra en los pisos de obra nueva porque "es donde se producen más problemas, debido a que cada vez más se compra sobre plano". En el caso de las viviendas de segunda mano, señaló, "abrimos expedientes basados en las denuncias" de los afectados.

El 47,3% de los expedientes por obra nueva se refieren a irregularidades en la información y documentación obligatoria que han de entregar a los compradores. Le siguen en el 42,1% de los casos el hecho de que la calidad final de la vivienda recibida era muy inferior a la acordada. En el 22% de los casos se advirtieron cláusulas abusivas, como las que obligan al comprador a subrogarse la hipoteca constituida por el promotor, cuando aquél tiene derecho a escoger su hipoteca.

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