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EL DEBATE SOBRE EL MODELO TERRITORIAL

Una reforma constitucional con "el concurso de todos"

El Gobierno remitirá en los próximos días al Consejo de Estado sus planteamientos y sus dudas sobre la modificación de la Ley Fundamental

El Gobierno pondrá en marcha en los próximos días el mecanismo anunciado por su presidente, José Luis Rodríguez Zapatero, para emprender una reforma limitada de la Constitución española que pueda ser votada a final de la legislatura, ya que uno de sus aspectos afecta al título II, referido a la Corona y necesitaría de un referéndum para su ratificación.

El primer paso del Ejecutivo es consultar al Consejo de Estado, presidido por Francisco Rubio Llorente, respecto a los mecanismos más idóneos para llevar a efecto las cuatro reformas que los socialistas defienden. Lo que sigue es un resumen del documento que el Gobierno de Zapatero trasladará al Consejo de Estado y de las preguntas que hará a este órgano consultivo. El Ejecutivo también remitirá el documento al presidente del PP, Mariano Rajoy.

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Zapatero opina que su proyecto, el más ambicioso de toda la legislatura, precisa "el concurso de todos" para alcanzar un gran acuerdo político y social que lo respalde. La reforma de la Constitución precisa del apoyo de tres quintos del Congreso y del Senado -el artículo 167 señala que "los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las cámaras"- por lo que, en la presente legislatura, cualquier iniciativa de este tipo debe contar con el respaldo del Grupo Popular.

El PSOE podría reunir el apoyo de todas las formaciones políticas excepto el PP y tan sólo alcanzaría 204 de los 210 votos necesarios para sacar adelante una iniciativa de este tipo. Por lo que necesita el respaldo de los parlamentarios populares para lograr aprobar cualquier reforma de la Constitución.

CONSTRUCCIÓN EUROPEA Competencias cedidas

El Gobierno recuerda que actualmente son muchas las competencias cuyo ejercicio se ha cedido a los órganos comunitarios. Y que las cesiones son relevantes en cuestiones que afectan a política económica y monetaria, la ciudadanía, la seguridad, la justicia, la inmigración o la política exterior.

El Ejecutivo defiende la necesidad de plasmar en la Constitución la voluntad del pueblo español de compartir su destino con las demás democracias europeas. El último ejemplo de esa voluntad, según recuerda el Gobierno, ha sido el amplio apoyo que ha recibido la Constitución europea en el referéndum consultivo celebrado en España el pasado 20 de febrero.

El Gobierno quiere aprovechar la reforma constitucional en este punto para conocer cómo se incorpora el derecho comunitario al ordenamiento jurídico español que permita reconocer a priori la compatibilidad de dichas normas con la Constitución española.

Los socialistas defienden que es inexcusable incorporarse al grupo de países miembros de la Unión Europea que bajo modalidades diversas incluyen en sus textos constitucionales cláusulas específicas de integración en la misma.

Con este objetivo, el Gobierno consulta al Consejo de Estado el modo de plasmar la voluntad del pueblo español de participar junto con las democracias europeas en el proceso de construcción de la Unión y también pregunta si es conveniente diseñar un procedimiento específico para ratificar los tratados de la Unión Europea y, en caso afirmativo, sobre los requisitos y posibles límites de esa reforma constitucional.

LAS AUTONOMÍAS La denominación

En torno a la inclusión en la Constitución del nombre de las 17 comunidades autónomas y de las dos ciudades autónomas, algunos Ejecutivos autonómicos, como Cataluña, defienden el término comunidad nacional. El Gobierno, en la consulta que elevará al Consejo de Estado, no cita en ningún momento dicha posibilidad para su objetivo de designar por su nombre a todas y cada una de las comunidades que integran España.

El Gobierno cree que ha llegado el momento de consolidar los logros alcanzados en los últimos 25 años reconociendo en la Constitución a los sujetos institucionales que han protagonizado todo este proceso.

Con esta inclusión, según el actual Ejecutivo, las comunidades autónomas dejarán de ser una posibilidad constitucional para convertirse en sujetos políticos pertenecientes a la Constitución misma.

En su consulta al Consejo de Estado, el Gobierno quiere saber qué artículo de la Constitución es el más idóneo para incluir la mención expresa e individualizada de las comunidades y de las dos ciudades autónomas. También pregunta sobre el criterio más adecuado para ordenar su enumeración dentro de la Constitución y sobre las consecuencias jurídicas que se pueden derivar de la mención expresa de las comunidades en la ley fundamental.

LA REFORMA DEL SENADO Cámara territorial

El capítulo más abierto de cuantos pretende modificar el Gobierno en la actual Constitución se refiere a la reforma del Senado para convertirla en una Cámara territorial. En su exposición, el Ejecutivo apenas traza el camino a seguir ni los criterios que pretende aplicar para conseguir su objetivo.

El Gobierno recuerda que, en la normativa vigente, el Senado es una Cámara de segunda lectura con una actividad legislativa muy restringida pues su posibilidad de participación se limita a la incorporación de enmiendas o a la adopción de un veto (devolución del texto al Congreso). Y que el Congreso tiene, en última instancia, plena capacidad para aceptar o no las enmiendas y para levantar el veto, como ha ocurrido recientemente con el debate de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Los socialistas entienden que ese modelo bicameral es imperfecto y muy descompensado en favor del Congreso.

Esta insatisfacción constitucional, como la define el Ejecutivo, quedó plasmada en la propia voluntad de reforma del Senado, que en un primer momento defendió la modificación de su Reglamento para potenciar la dimensión territorial y en el pleno del 2 de diciembre de 1987 aprobó una moción para iniciar el trámite de reforma.

En enero de 1994 se aprobó esa reforma por la que se creó la comisión general de las comunidades autónomas.

Pero la insatisfacción siguió y ese mismo año, el Senado acordó constituir una ponencia para estudiar las modificaciones necesarias para integrar la Cámara territorial en el desarrollo del Estado de las Autonomías, mediante una reforma en la composición y atribuciones del Senado.

Y pese a todas las iniciativas parlamentarias de los últimos años en este sentido, el Senado continúa con sus antiguas competencias.

El Ejecutivo sostiene que en todo Estado descentralizado, como España, es necesario un órgano de vertebración de los niveles de Gobierno a través del cual sea posible la participación de los entes territoriales en la política general Estado.

Con ese objetivo, y desde la base de un alto grado de consenso entre las fuerzas políticas sobre la necesidad de potenciar la función territorial del Senado, los socialistas preguntan al Consejo de Estado sobre el modelo de configuración de la Cámara Alta que mejor se pueda ajustar a las peculiaridades del sistema español de distribución territorial del poder política.

El Ejecutivo preguntará al Consejo de Estado sobre tres cuestiones principales en relación con la reforma constitucional del Senado:

- Las funciones que debe ejercer como Cámara de representación territorial y su grado de participación en el ejercicio de la potestad legislativa.

- La composición más adecuada para ejercer esas funciones y expresar la representación de los intereses territoriales.

- La posición institucional del Senado en el seno de las Cortes Generales.

El Ejecutivo pedirá al Consejo de Estado que emita, antes de finalizar el presente año, un informe sobre la reforma propuesta.

El Consejo de Estado es "el supremo órgano consultivo del Gobierno" y "ejerce la función consultiva con autonomía orgánica y funcional para garantizar su objetividad e independencia de acuerdo con la constitución y las Leyes". El organismo está formado por un presidente, los consejeros permanentes, los consejeros natos, los consejeros electivos y el secretario general.

Francisco Rubio Llorente, presidente del Consejo de Estado y ex vicepresidente del Tribunal Constitucional.
Francisco Rubio Llorente, presidente del Consejo de Estado y ex vicepresidente del Tribunal Constitucional.ULY MARTIN

Eliminar la preferencia del varón salvaguardando el derecho del Príncipe

El Gobierno justifica su propuesta para modificar el Título II de la Constitución, referido a la Corona española, en los cambios producidos en los patrones culturales de manera que, mayoritariamente, los ciudadanos consideran que las discriminaciones por razón de sexo, como la que hace referencia a la sucesión, son inaceptables.

Por ello, el Ejecutivo sostiene que el cambio legislativo respondería al sentir mayoritario del pueblo español y situaría a España en el camino de otras monarquías europeas que ya han llevado a cabo en sus normativas la supresión de desigualdades por razón de sexo en la sucesión al trono.

En este sentido, el Gobierno recuerda que ha habido modificaciones legislativas en Suecia, en el artículo 1 de la Ley de Sucesión, cambiado en 1980; en Holanda (donde fueron reformados los artículos 24 y 25 de la Constitución), en Noruega (en 1990 fue modificado el artículo 6 de la Constitución) y en Bélgica (en 1991 fue reformado el artículo 85 de la Constitución).

Tanto en Noruega como en Bélgica, los legisladores salvaguardaron el derecho que habían adquirido con anterioridad a la modificación legislativa los príncipes herederos.

Este modelo es el que pretende seguir el Gobierno cuando en su consulta al Consejo de Estado plantea que el modo de eliminar la preferencia del varón en el acceso al trono, establecida en el artículo 57.1 de la Constitución ("La sucesión seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos") deberá salvaguardar expresamente los derechos del actual Príncipe de Asturias en relación con la sucesión a la Corona de España.

Cuando España ratificó, en diciembre de 1983, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, lo hizo bajo la reserva de que dicha discriminación no afectaría a las disposiciones constitucionales en materia de sucesión a la Corona.

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