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Sanidad prohibirá instalar máquinas de comida y bebidas en escuelas e institutos

Los centros educativos tendrán menús para niños con condicionantes sanitarios o religiosos

Los centros educativos no universitarios no podrán tener máquinas dispensadoras de comidas o bebidas con un alto contenido de sales, azúcares o grasas, según el real decreto que prepara el Ministerio de Sanidad. Además, colegios e institutos ofrecerán platos alternativos a los niños que, por cuestiones sanitarias (diabéticos, celíacos, alérgicos) o religiosas, necesiten una dieta diferente. Cuando no puedan ofrecerlo, "facilitarán los medios de conservación adecuada para que los escolares faciliten la comida preparada en su casa", y los medios para su calentamiento.

El decreto es una de las pocas iniciativas legislativas incluidas en la Estrategia de Nutrición y Lucha contra la Obesidad que presentó la ministra de Sanidad, Elena Salgado, el pasado 10 de febrero. El próximo paso de la norma será su debate por los representantes de las comunidades autónomas en el Consejo Interterritorial del 2 de marzo.

La medida afecta a los 9.670 comedores escolares que existen actualmente, según CC OO. Aproximadamente, el 20% de los niños de primaria (entre 6 y 12 años) come todos los días en el colegio, lo que arroja un número de más de 550.000, de acuerdo con el último censo del Instituto Nacional de Estadística, realizado en 2001. Esta proporción aumenta hasta el 35% en los de entre 2 y 5 años (otros 500.000 pequeños).

Expertos nutricionistas (licenciados o diplomados) deberán asegurarse de que la mayoría de las calorías de la dieta de los escolares provenga de hidratos de carbono (pan, pasta, patatas), y que no hay una ingesta excesiva de proteínas, calorías, grasas, sal o azúcar. Con el fin de que los niños no rechacen los alimentos, los menús se programarán "teniendo en cuenta las características gastronómicas de la zona".

Para que los padres puedan completar la alimentación de los niños, deberán recibir información de los menús, que se expondrán también en los tablones de anuncios de los centros. estos datos incluirán el tipo de preparación, la composición de las guarniciones y los postres y la valoración nutricional de cada plato. Además se podrá facilitar la dieta ideal para equilibrar la alimentación de los pequeños.

"Las asociaciones de padres nos comprometemos a vigilar que se cumplan estas recomendaciones", ha declarado la representante de la Confederación Española de Asociaciones de Padres de Alumnos (Ceapa).

El decreto regula todo el proceso alimentario, desde la elaboración de los platos, sus condiciones de conservación y su presentación. Los comedores deberán contar con sistemas de ventilación adecuados, y medios para asegurar la higiene y buen estado de los alimentos.

Especial cuidado se pondrá en los requisitos de manejo de los alimentos. los refrigerados con vida útil mayor a 24 horas deberán mantenerse entre 0 y 4 grados; los que aguantan un tiempo menor, entre 0 y 8 grados. Los congelados tendrán que estar siempre a menos de 18 grados bajo cero, y los alimentos que se mantengan en caliente no podrán enfriarse por debajo de los 65 grados.

El seguimiento y control corresponde a las comunidades autónomas. El régimen de sanciones aplicables es el incluido en la Ley General de Sanidad de 1986: serán consideradas infracciones leves las que no tengan trascendencia directa para la salud pública; graves las debidas a faltas de controles, el intento de encubrirlas, la negativa a dar datos o la reincidencia en infracciones leves.

Por último serán consideradas muy graves las que tengan consecuencias sanitarias peligrosas, o las realizadas de forma consciente o deliberada, entre otras.

Comedor en un colegio de Madrid.
Comedor en un colegio de Madrid.LEO LÓPEZ

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