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Tribuna:REFERÉNDUM EUROPEO | La opinión de los ciudadanos. La campaña
Tribuna
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Avance jurídico y desinterés popular

Desde 1987 el proceso de construcción europea ha asistido a sucesivas reformas de sus textos constitutivos, con resultados cada vez más complejos e ilegibles. En la actualidad, el Tratado de la Unión Europea (TUE) es la norma fundamental. Como es bien sabido, se trata de un texto muy complicado en cuanto a estructura y contenidos, ya que, desde su concepción, aglutina también las normas constitutivas de las Comunidades Europeas, presentándose así como un Tratado de Tratados. Debido a este engranaje entre normas de distinta naturaleza y diferente alcance en el Derecho interno, los objetivos, las políticas y los medios de acción de la Unión Europea (UE) aparecen diseminados a lo largo de los diversos textos sobre los que se fundamenta.

Digamos "sí", o digamos "no", lo importante es participar en esta consulta directa a la ciudadanía

Este rebuscamiento jurídico no ha facilitado la visibilidad de las acciones de la UE, ni su comprensión por los ciudadanos. En diciembre de 2001, el Consejo Europeo de Laeken expresó su deseo de que una nueva reforma de los Tratados debía marcar el camino "hacia una Constitución para los ciudadanos europeos". No es la primera vez que se habla o se redacta una Constitución europea; basta recordar los diversos borradores que entre 1989 y 1994 elaboró el Parlamento europeo. Aunque el impulso de la institución que, precisamente, representa a los ciudadanos no llegó a fructificar, no hay duda de que permitió allanar el camino que ha conducido a la actual Constitución para Europa.

Redactado por una Convención compuesta mayoritariamente de representantes parlamentarios, que, de forma inédita, precedió a la tradicional Conferencia Intergubernamental, el "Tratado por el que se establece una Constitución para Europa" fue firmado en Roma el 29 de octubre de 2004. Desde el punto de vista formal, no se trata de una modificación más, sino de un nuevo Tratado fundacional, ya que reduce a un único texto el TUE y los Tratados comunitarios. Desde el punto de vista sustantivo, la Constitución para Europa crea una única entidad, la Unión Europea, dotada de personalidad jurídica, al tiempo que añade nuevas previsiones, como las que resultan de la inserción de la Carta de los Derechos Fundamentales.

La reorganización jurídica acometida se salda en un texto de compuesto por cuatro partes, que comprenden 448 artículos, dos anexos, 36 protocolos y 48 declaraciones. Sin duda, muy extenso, denso y con contenidos inusuales en una constitución. No obstante, debe tenerse en cuenta que la remodelación efectuada no ha tenido como pretensión la equiparación con una constitución nacional, pues el nuevo Tratado constitucional tampoco transforma a la Unión Europea en un Estado.

Por ello, sin representar un salto cualitativo en el proceso de integración política, soy de la opinión de que la simplificación jurídica resultante supone una mejora respecto a la estructura actual de Tratados, al reforzar y hacer más visible el ropaje constitucional que ya tiene el proceso de integración europea.

El gran reto que afronta ahora la futura Constitución para Europa es el de su ratificación para entrar en vigor, especialmente en aquellos países, como España, en los que se ha convocado un referéndum consultivo. No va a ser fácil superar la apatía que los ciudadanos demuestran por las cuestiones europeas, lo que, por otra parte, evidencia el déficit democrático que arrastra el proceso de construcción europea.

Nunca antes se había celebrado una consulta para la aceptación directa por la ciudadanía de un texto constitutivo europeo. Por ello, considero que estamos, no obstante, ante una ocasión especial, en la que es importante participar, pues digamos "sí", o digamos "no", nos habremos expresado como ciudadanos de la Unión, conscientes de pertenecer a un proyecto político supranacional.

Beatriz Pérez de las Heras es catedrática de Derecho Comunitario de la Universidad de Deusto.

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