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El Ejecutivo aprobará hoy el Reglamento de Extranjería

El Reglamento de la Ley Extranjería, que el Consejo de Ministros aprobará hoy, establece los requisitos para que los inmigrantes residan y trabajen legalmente en España y abre un proceso especial de tres meses para la normalización de los trabajadores en situación administrativa irregular que viven en nuestro país.

Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), el número de inmigrantes en España gira en torno a los tres millones y -según estimaciones del Gobierno- la cifra de los sin papeles se sitúa en torno a los 800.000. El texto que ahora se aprueba, al que a última hora sólo se han introducido mejoras de tipo técnico, fue negociado y consensuado con los sindicatos mayoritarios, UGT y CC OO, y la patronal CEOE.

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El Ejecutivo aprueba el Reglamento de la Ley de Extranjería

La secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, fue la encargada de llevar a buen puerto la negociación del Reglamento, que en líneas generales también contó con el beneplácito de las asociaciones de inmigrantes y ONG dedicadas a trabajar con este colectivo.

El PP se opuso a la regularización extraordinaria que recoge el Reglamento en una de sus disposiciones transitorias por considerar que no se puede iniciar ese proceso sin conocer las previsiones concretas, qué consecuencias puede tener para el empleo y qué capacidad de acogida tiene el país receptor. Además, a juicio de los populares, esta medida abrirá la puerta a la inmigración ilegal y beneficiará a las mafias que trafican con seres humanos.

Regularización

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A partir de su entrada en vigor, los extranjeros sin papeles dispondrán de tres meses para regularizar su situación si un empresario les contrata por un periodo mínimo de seis meses y, además, demuestran una estancia en España de, al menos, medio año. En el caso de la hostelería y de la construcción, el contrato podrá ser discontinuo, pero deberá sumar como mínimo seis meses en un año, mientras en el sector agrícola podrá reducirse a tres meses y, en el servicio doméstico, se permitirá que sea el extranjero quien presente la documentación, que podrán ser diferentes contratos con varios empleadores siempre que sumen treinta horas semanales.

Durante tres meses, el empresario podrá solicitar la autorización para el empleado extranjero presentando el contrato firmado por ambos. Cuando termine el periodo transitorio de tres meses, los irregulares sólo podrán obtener papeles por razones humanitarias y las vías extraordinarias: arraigo por estancia de más de tres años y un contrato, y el llamado arraigo laboral, que exige demostrar un año de trabajo y dos viviendo en España.

El objetivo del Reglamento es que los extranjeros lleguen a España con contrato laboral y, para ello, especifica tres sistemas de entrada de trabajadores, el régimen general (contratación individual nominativa), contingente (cupo) y de temporada.

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