Un artículo del código apenas aplicado
La condena contra Mohamed Kamal -que estará en libertad con la condición de que estudie derechos humanos- se basa en un artículo del Código Penal muy poco utilizado, el 510.1, que fue introducido en 1995.
Ese artículo establece penas de uno a tres años de cárcel por provocar "a la discriminación, al odio o la violencia contra grupos o asociaciones por motivos racistas, antisemitas u otros referidos a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su orientación nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía".
Al margen de la pena impuesta a Kamal, ese precepto sólo se había utilizado anteriormente para condenar al neonazi Pedro Varela, propietario de la librería Europa de Barcelona, desde la que distribuían libros y carteles "en los que se negaba la persecución [de los judíos por el nazismo] y el genocidio".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.