Tres años cárcel y multa de 28,4 millones por el fraude de Hidrocarburos
El Juzgado de lo Penal número 3 de Granada ha condenado a tres años y tres meses de prisión y al pago de una multa de 28,4 millones de euros a ocho de los diez acusados por el fraude millonario cometido por la firma Hidrocarburos Andaluces de Albolote (Granada) y ha absuelto a los dos restantes.
La sentencia impone también a los acusados el pago de una indemnización conjunta y solidaria a la Hacienda Pública de 5,6 millones de euros, la cantidad que dejaron de abonar a ese organismo. Los ocho condenados estaban acusados de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, en concurso con otro delito contra la Hacienda Pública, según la sentencia, de 70 folios.
El juez considera probado que en octubre de 1993 se constituyó la sociedad limitada Hidrocarburos Andaluces para la venta y distribución de productos derivados del petróleo.
La empresa, cuyos clientes eran de la provincia de Granada, acumuló desde su creación y hasta enero de 1996 pérdidas de más de 384.647 euros, pese a lo cual fue objeto de venta ese mismo mes en una operación en cuyas negociaciones participó el acusado Javier Blas P.P., abogado de profesión, y cuyo principal financiador fue Ángel S.H., otro de los ocho condenados.
Según la sentencia, tras la venta de la empresa, el nuevo equipo gestor, "en ejecución de un plan preconcebido con ánimo de beneficiarse económicamente y en perjuicio de la Hacienda Pública", constituyó un organigrama operativo con la intervención de varias personas, "en muchos casos con pleno conocimiento de la ilegal actuación", que emprendieron un cambio en la política comercial. Las facturaciones eran entregadas "en numerosas ocasiones a nombre de empresas interpuestas, carentes de verdadera actividad". Para consumar su actuación "ilegal" ante la Hacienda Pública, desarrolló una política de descuentos en la venta de gasóleo con la que logró un importante número de clientes. Con esa "frenética actividad comercial", la empresa alcanzó, entre febrero y marzo de 1996, una cuota tributaria en concepto de Impuestos Especiales e IVA por "operaciones asimiladas" de tres millones de euors, cuota que no se abonó, conforme se había "ideado", sino que se pidió un aplazamiento a la Agencia Tributaria. Esa petición de aplazamiento fue una "argucia" porque los gestores ya tenían pensado cerrar la empresa en abril de ese año, fecha en la que ya se había generado una cuota tributaria global no ingresada de casi seis millones de euros.
Los absueltos son el abogado Ernesto R.C, al que acudieron para intentar vender de forma fraudulenta la empresa tras culminar la trama, y el director de una sucursal bancaria. El juicio comenzó después de ocho años de instrucción.
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