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La prolongación de Blasco Ibáñez respeta El Cabanyal, según el TSJ

La sentencia se aprobó con 11 votos a favor y 8 en contra de los magistrados

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) respalda el plan del Ayuntamiento de Valencia de prolongación de la avenida de Blasco Ibáñez hasta el mar a través de El Cabanyal. Por 11 votos a 8, la mayoría de los magistrados apoyan esta medida porque "logrará la mejora del barrio siendo respetuoso con él", al tiempo que "facilitará su integración en la ciudad". Por contra, los jueces que discrepan se muestran convencidos de que la prolongación modificará la esencia urbana, arquitectónica y social del barrio y defienden su "peculiar trama en retícula"

Los votos particulares señalan que el proyecto modifica la esencia urbana del barrio
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Los once magistrados de los 19 que componen el pleno de la sala de Lo Contencioso-Administrativo, incluido el presidente, han suscrito al pie de la letra los argumentos que en 2000 realizara el arquitecto Alejandro Escribano, redactor del vigente plan general de ordenación urbana de Valencia, para defender el proyecto del Ayuntamiento ante la Consejería de Cultura. El barrio de El Cabanyal-Canyameral fue considerado como un Bien de Interés Cultural (BIC) en mayo de 1993, cinco años después de que un Plan de Ordenación de General Valencia aplazara entrar en la forma de intervenir urbanísticamente en ese espacio. La consideración de BIC afecta a 768 inmuebles y reconocía especialmente la trama viaria, singularmente rectangular a imitación de la alineación que en el siglo XIX tuvieron las barracas. El plan de prolongación de la avenida de Blasco Ibáñez desprotege 322, modificando las alturas, el trazado y el entorno.

Nueve recursos ante el TSJ cuestionaban la legalidad de tal intervención por entender que alteraba de forma sustancial las características de un entorno cuya protección obligaba a la Administración Local, como recoge la ley, a velar por su singularidad permitiendo eso sí la rehabilitación. El tribunal no lo ha entendido así. Bien al contrario. Mantiene que el proyecto "es respetuoso con la trama de los viarios limitando al mínimo imprescindible la alteración de las alineaciones porque la prolongación se aparta de su traza natural, recta, para continuar en diagonal y si anchura se reduce a la mitad". Es decir, la avenida de Blasco Ibáñez pasará del centenar de metros de anchura a 48 y tendrá un paseo central de 18, reduciendo la superficie para el tráfico rodado frente al trazado previo desde los Jardines de Viveros. Considera además el tribunal, contra quienes sostienen que la prolongación será una barrera que partirá en dos el barrio, que será "centro vertebrador", para lo que asume como propio el ejemplo del arquitecto Alejandro Escribano sobre la Gran Vía Marqués del Turia.

Sostiene igualmente que la intervención favorecerá el desarrollo, vencerá el aislamiento y solventará la marginalidad. De hecho, en la sentencia, los magistrados recogen que alguno de los nueve recursos también incluye afirmaciones sobre la "degradación del barrio", aunque éstas se achacaran al olvido histórico. Dice el tribunal que "no sólo se trata de facilitar la conexión de Valencia con el mar, el propio nombre original de prolongación del Paseo del Mar, como en su día se denominó Blasco Ibáñez, delata esta finalidad, y que por si misma pudiera justificar el sacrificio particular de determinados derechos, sino igualmente de lograr la mejora del barrio facilitando su integración en la ciudad y siendo respetuoso con la identidad del conjunto del barrio".

Para el TSJ, se demuestra la "razonabilidad de la actuación de la Administración sin que la parte recurrente haya acreditado que algunos edificios desprotegidos fueran merecedores de dicha protección". Por tanto, el tribunal considera que el plan encaja en la excepción que prevé la ley 4 de 1998 de Patrimonio Valenciano. Es decir, prevalece el interés urbanístico frente al de protección artística.

En sentido contrario lo han entendido los ocho magistrados que han suscrito un voto. Su premisa es la defensa inexcusable de "una peculiar trama en retícula derivada de las alineaciones de las antiguas barracas, en las que se desarrolla una arquitectura popular de clara raigambre eclecticista", es decir El Cabanyal. Para ellos, la prolongación efectivamente modifica la esencia urbana, arquitectónica y social del barrio. "Las manzanas proyectadas de nueva construcción a ambos lados de la continuación tienen una forma absolutamente distinta, su planta es cuadrada, la altura máxima de cinco pisos es muy diferente a las existentes y la anchura de la avenida no será en verdad de 48 metros porque se debe sumar a cada lado el espacio de los nuevos edificios". Asociaciones y partidos políticos estudian ahora recursos ante el Tribunal Supremo.

El TSJ ha desestimado también el recurso de un propietario de terrenos en la zona en los que piensa edificar por entender que la demora en resolver el contencioso le ha supuesto unas pérdidas. El TSJ le ha dicho no.

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