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El Gobierno catalán intenta regular mediante una ley el mercado audiovisual

El Ejecutivo remite al Parlament la propuesta, que abrirá el debate sobre los medios

El Gobierno catalán ha remitido al Parlament una propuesta de ley del audiovisual con la que intenta regular el mercado. El exhaustivo documento -tiene 80 páginas y consta de 111 artículos- servirá de base a la discusión de la ponencia parlamentaria que, además de esta ley, debe sacar adelante la de reforma de la Corporación Catalana de Radio y Televisión (CCRTV). La propuesta, que recoge en parte los textos de otras leyes catalanas, como la de Política Lingüística, estatales o directivas europeas vigentes, es prolija y pretende regular no sólo en las ondas, sino también en Internet.

Con esta iniciativa, el Gobierno del tripartito activa, nueve meses después de su constitución, el que fue uno de sus compromisos electorales: la regulación del espacio audiovisual catalán, que había quedado aparcado en la anterior legislatura, pese al acuerdo unánime del Parlament, de 1999, de emprenderla. Fuentes del tripartito subrayaron que "el texto articulado", cuya redacción ha coordinado el subdirector general de Medios Audiovisuales, Santiago Ramentol, será únicamente una base de trabajo y que la verdadera discusión sobre el contenido de la futura ley empezará ahora en el Parlament.

Si bien la propuesta agrupa básicamente normas dispersas ya vigentes, el Gobierno está convencido de que al incluirlas en un solo texto y con rango de ley refuerza su aplicación y la posibilidad de sanción en caso de incumplimiento (una sanción muy grave puede suponer una multa de hasta 300.000 euros). La ley consagra cuotas lingüísticas (el 50% de la programación debe ser en catalán, en el caso de la televisión, y el 25% de las canciones interpretadas en catalán, en el de la radio), prima la producción catalana (el 51% de la programación de las televisiones debe reservarse a obra europea, pero la mitad de este tiempo a obras catalanas) y limita la publicidad (no superior al 15% del tiempo diario de emisión). El Gobierno catalán fijará qué acontecimientos deportivos son "de interés general" en Cataluña y obligará a su retransmisión en abierto. El borrador de la ley se extiende en la cuestión de la protección a "menores y discapacitados". En este caso, se recuerda que entre las 22.00 y las 6.00 horas deben emitirse los programas que pueden "perjudicar al desarrollo físico, mental o moral de los menores".

El Gobierno quiere que la ley sea un catálogo de los ámbitos sobre los que aspira a tener jurisdicción, desde las desconexiones de las televisiones y emisoras de ámbito estatal, hasta la televisión digital terrestre o la difundida por cable. Y deja abierta la posibilidad de que se amplíen sus competencias en la reforma del Estatut. Los medios de la CCRTV quedan fuera de este borrador a la espera de la ley de reforma del organismo. Aunque excluye esta parte el sector público, la ley regula las radios municipales. Entre las novedades que incluye el texto destacan la previsión de un registro de operadores audiovisuales, cuyo desarrollo se deja para un futuro reglamento, y la posibilidad de autorizar "emisoras comunitarias", definidas como "entidades sin ánimo de lucro que, como expresión de la sociedad civil, representen comunidades de intereses".

Internet y televenta

El borrador de la ley del audiovisual que la Secretaría de Comunicación del Gobierno catalán acaba de remitir al Parlament hace gran hincapié en que los medios audiovisuales que se expresen a través de Internet también están sujetos a la ley y tienen que cumplir sus exigencias, según la interpretación del Ejecutivo. Los artículos 24 y 25 del borrador, así como el 36 y el 37, subrayan que las televisiones y los servicios de radiodifusión sonora accesibles desde la Red y que operen desde Cataluña deberán contar con la autorización preceptiva de la Generalitat.

El texto muestra también un gran interés por el control de la televenta. Entre los artículos 47 y 56 se agrupan las restricciones existentes sobre publicidad -prohibición de anunciar tabaco y alcohol por encima de 20 grados, etcétera-, que siempre se hace extensiva a la televenta. Y se prohíbe explícitamente la televenta de medicamentos, tratamientos médicos y productos sanitarios, además de exigir que se distinga siempre entre la televenta y el publirreportaje.

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