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Reportaje:

El príncipe "inverosímil"

El Tribunal Supremo obliga a Interior a tramitar la solicitud de asilo del heredero de un jefe de tribu de Níger

A Adamou Issaka, de 34 años, no le creyeron cuando relató a los funcionarios de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior la persecución de que era objeto en su país, la República de Níger, por ser hijo y heredero del príncipe de una tribu que votó contra el Gobierno surgido de un golpe de Estado.

Sus interlocutores consideraron la historia "inverosímil". Además, cuando el supuesto heredero del príncipe presentó su solicitud de asilo, el 3 de noviembre de 1997, había sobrepasado en tres días el plazo de un mes de estancia ilegal en España. En consecuencia, la Administración rechazó tramitar su petición.

El 23 de diciembre de 1997, Issaka recibió la notificación: se rechazaba su demanda de asilo "por cuanto la solicitud está basada en hechos, datos o alegaciones manifiestamente inverosímiles, toda vez que sus alegaciones resultan ambiguas y carentes de contenido informativo, sin que el solicitante haya aportado los documentos o pruebas para verificar que lo alegado coincide con la realidad". Issaka presentó un recurso ante la Audiencia Nacional que fue rechazado en abril de 2000.

Ahora, el Tribunal Supremo ha obligado a Interior a tramitar el asilo del supuesto príncipe heredero. En su sentencia, la Sala de lo Contencioso Administrativo rechaza que los datos aportados por Issaka sean "inverosímiles".

Según el Supremo, Adamou Issaka relató que la tribu de la que su padre es el príncipe y él el futuro heredero votó en contra del Gobierno que había accedido al poder por un golpe de Estado y que él mismo se manifestó violentamente incluso con cócteles molotov. Añadió que él era muy conocido en su país y que por eso "se tenía que cuidar".

Pero además, Issaka ofreció datos sobre su nacionalidad, la República de Níger; el pueblo en que vivía, Sasane; la etnia bellah a la que pertenece y el nombre de su padre, Garber Issaka, y de su madre, Aissatou. "De modo", añade el Supremo, "que su solicitud no se basó, o no se basó únicamente, en alegaciones ambiguas y carentes de contenido informativo".

El alto tribunal recoge también el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas (ACNUR) que dijo literalmente que el caso de Adamou Issaka "debería ser admitido a trámite para que pueda ser estudiado con mayor profundidad, puesto que las alegaciones del interesado en cuanto a las represalias de que dice haber sido objeto por su oposición, a veces violenta, al actual Gobierno, resultan verosímiles y coherentes y no contradicen la información disponible sobre su país de origen".

Agrega la sentencia que en la resolución de Interior no hay una exposición de cuyo contenido se deduzca "por sí mismo, de modo lógico y convincente, el presupuesto de ser inverosímiles los hechos, datos o alegaciones en que se basó la solicitud".

El Supremo explica después que pese a ese informe del ACNUR, Interior no dio "la más mínima explicación" de porqué no se comprobaron las aportaciones de Issaka con la información disponible sobre su país.

En cuanto a las razones esgrimidas para denegar el trámite, la califica como "más bien arbitrarias" y "producto de la mera voluntad del redactor", ya que en el expediente hay datos "que aportan a tales alegaciones algún grado de credibilidad".

En suma, el Supremo ha estimado el recurso de Issaka y ahora, siete años después de su presentación inicial, su solicitud de asilo comenzará a ser tramitada. Según fuentes el Comité Español de Ayuda al Refugiado (CEAR), Issaka está casado y en enero de 2003 inició los trámites para que su hija obtuviese la nacionalidad.

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