Consumo aconseja cautela a la hora de endeudarse para comprar un piso
La Dirección de Consumo del Gobierno Vasco ha recomendado "cautela" a los ciudadanos a la hora de endeudarse por la compra de una vivienda, ante la previsión de que los tipos de interés de los préstamos hipotecarios puedan volver a subir en breve tiempo, como cabe desprender de las recientes advertencias realizadas desde distintos agentes económicos y el Banco de España.
La Dirección de Consumo precisa que la compra de una vivienda supone, enuna mayoría de casos, una hipoteca de 10 a 25 años de vida para el consumidor, lo que significa que se trata de una decisión muy importante para la que es preciso disponer de la información conveniente. Según Consumo, el comprador de una vivienda suele utilizar como única fuente de información la agencia inmobiliaria y la propia constructora y, a menudo, "desconoce aspectos tan importantes de la operación como la amortización, intereses, años de carencia o cuestiones directamente relacionadas con la adquisición".
Además de "cautela" a la hora de endeudarse, la Dirección de Consumo recomienda que el comprador acuda antes de proceder a la compra a otras fuentes de información, como las asociaciones de consumidores, organismos oficiales, cursos de Internet, incluso el Registro de la Propiedad". Se trata de "evitar graves consecuencias y conocer exactamente a lo que se compromete".
Entre las recomendaciones que Consumo hace para el comprador de una vivienda, destaca su derecho a recibir documentación completa de la misma -superficie útil, planta a escala y trazado de sus instalaciones- así como una descripción detallada de los materiales empleados en su construcción y datos identificativos de la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad.
Asimismo, Consumo recuerda que están prohibidas "las claúsulas que faculten al vendedor para incrementar el precio aplazado", así como " las condiciones abusivas de crédito". Y aclara que todas las mejoras que se introduzcan "deben ser aceptadas por el comprador, como condición para que el vendedor pueda cobrarlas".
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