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Análisis:Qué es ... acoso moral (mobbing) | LIBROS
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Cuestión de riesgo laboral

El acoso moral se define como una situación en la que una persona o grupo ejerce de manera intencionada y sistemática acciones de violencia sobre uno o varios trabajadores. Se persigue dañar psicológicamente al acosado con el fin de que abandone el entorno violento.

Mediante el abuso de poder (de origen jerárquico o no) y utilizando deficiencias en la organización del trabajo, se desarrollan acciones que persiguen el aislamiento físico o funcional de la víctima y el daño a su dignidad (ordenación de tareas sin sentido, supervisión malintencionada, cambio a funciones de categoría inferior, aumento irrealizable de la carga de trabajo, privación de actividad, hurto de información necesaria...). Suelen añadirse amenazas, críticas, diseminación de rumores...

La cifra de afectados oscila entre el 5% y el 15% de los trabajadores, pero la medición no siempre es fiable

Los efectos en la salud de las víctimas pueden llegar a ser dramáticos e incluso fatales. En una primera fase, de desconcierto e inquietud, predominan los síntomas de estrés: dolores de cabeza, ansiedad, insomnio, irritabilidad, problemas de concentración. Si la situación se mantiene se incorporan problemas de salud mental y social, en especial cuadros depresivos.

Se barajan cifras de afectados de entre un 5% y un 15% de la población trabajadora española en virtud de los instrumentos de medición utilizados, no siempre validados ni científicamente fiables. Este fenómeno constituye un importante problema de salud, que se produce en todos los tipos de actividad laboral y afecta fundamentalmente a mujeres.

La Resolución 2.001/2339 del Parlamento Europeo considera las deficiencias de la organización del trabajo como una de las causas del fenómeno. En todos los casos de acoso en los que hemos intervenido (639) identificamos problemas inherentes a estos factores laborales. Este hecho determina la existencia de un riesgo laboral según nuestro ordenamiento jurídico (Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales). Los efectos en la salud de las víctimas se contemplan también en la citada norma al definir como "daños derivados del trabajo" las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

La citada resolución apunta también al papel que la precariedad laboral juega en el desarrollo y mantenimiento de los casos de acoso. El miedo a perder el empleo, a formar parte del grupo de víctimas, determina la escasa frecuencia con la que el entorno del acosado responde solidariamente.

Daño consumado

Las acciones de acoso suelen caracterizarse por su sutileza e invisibilidad. Aunque diversas sentencias consideran probados determinados casos de acoso, esto no es frecuente y la víctima suele no estar en condiciones de enfrentarse a procesos legales. Además, por satisfactorio que sea el resultado legal, el daño ya se ha producido y la situación de acoso, en un terreno abonado por las deficiencias en la organización del trabajo, se puede volver a producir. Aquellas estrategias que se basan en la consideración de determinados aspectos de la personalidad de la víctima y del acosador hacen gravitar el peso del problema sobre cuestiones individuales, excluyendo la posibilidad de establecer intervenciones sobre las condiciones de trabajo.

Es, por tanto, la intervención colectiva sobre la organización del trabajo (definición de funciones y responsabilidades, adecuados niveles de autonomía, influencia, previsibilidad y seguridad, canales apropiados de comunicación, habilidades de liderazgo, etc.) lo que permite abordar esta problemática.

Tampoco es tarea fácil, teniendo en cuenta la escasa actividad preventiva que se desarrolla sobre riesgos psicosociales en las empresas (apenas se contemplan en las evaluaciones de riesgo) y el desinterés que muestran las autoridades competentes; sin embargo, la naturaleza del problema y los efectos demoledores en la salud de los trabajadores requieren acciones institucionales y empresariales dirigidas a abordar esta problemática desde el origen, el verdadero espíritu preventivo.

María José López Jacob es médico especialista en Medicina del Trabajo. Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS), de Comisiones Obreras.

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