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Condenado a ocho años de cárcel por abusar de la hija de su compañera sentimental

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Juan Estuardo E. G., de nacionalidad ecuatoriana, a ocho años de prisión como autor de un delito continuado de abuso sexual en la persona de una niña de 11 años, hija de su compañera sentimental, ambas también naturales de Ecuador. Se impone al acusado la indemnización de 5.000 euros que deberá abonar a la menor.

La sentencia declara probado que Juan Estuardo E. G. llegó a Madrid en 1999 procedente de Ecuador y entabló una relación amorosa con Alba Ofelia E. N., con la que tuvo una hija. La mujer era madre de otras dos niñas que residían en su país, de 14 y 11 años en aquel momento, que trajo a España. En fecha no concretada de agosto de 2002, cuando el imputado y la menor de las dos niñas se encontraban viendo la televisión en la cama, Juan comenzó a besar y abrazar a la menor (entonces tenía 11 años de edad) hasta que se inició una relación sexual entre ambos que concluyó con penetración. Estas relaciones sexuales se reiteraron hasta febrero de 2003, señala el texto judicial.

El tribunal no ha aceptado la presentación del diario de la niña como prueba exculpatoria, a pesar de que la menor reconoce las relaciones y afirma estar enamorada del condenado. Los magistrados señalan al respecto que el acusado "hizo aflorar en ella (la menor) un sentimiento de amor hacia él, como si de una mujer adulta se tratara, sin tener en cuenta su total falta de madurez y su incapacidad para valorar el alcance de sus pretensiones, que no iban más allá de aprovecharse para satisfacer sus deseos sexuales".

Consideran los jueces que los hechos son constitutivos de un delito continuado de abuso sexual porque el acusado realizó accesos carnales vía vaginal con una menor de 13 años, circunstancia por sí sola suficiente para constituir dicho delito, por lo que "resulta innecesario" demostrar que hubo o no consentimiento por parte de la niña.

El tribunal rechaza que haya intereses espurios por parte de la menor y de su madre para acusar al hombre con el fin de obtener la mujer la renovación del permiso de residencia, ni que exista un ánimo de lucro

Agresión a su novia

Por otra parte, la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a nueve años de prisión a un hombre por haber agredido sexualmente a su novia, con la que mantenía una relación de ocho años. La resolución judicial le prohíbe además acercarse a su ex pareja durante cinco años y le ha impuesto dos meses de multa con cuota diaria de 6 euros por lesiones y una indemnización de 24.000 euros, informa la agencia Otr Press.

El 17 de enero de 2003, el condenado, M. A. F. A., que tiene 23 años en la actualidad, golpeó a la víctima en una discoteca y posteriormente en su casa, según la sentencia. Ya allí le exigió mantener relaciones sexuales, a las que accedió porque el hombre "portaba un cuchillo" y le dijo que "si no accedía mataría a la hija".

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