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Elecciones Europeas

Los nuevos poderes de la Eurocámara

La futura Constitución europea refuerza el papel del Parlamento de Estrasburgo

Las leyes y directivas europeas se adoptan a propuesta de la Comisión, conjuntamente por el Parlamento y el Consejo de Ministros, como establece el proyecto de Constitución en su artículo 33, que añade: "Si ambas instituciones no se ponen de acuerdo, no es posible seguir adelante". Esta frase constituye una revolución, puesto que sitúa al Parlamento en pie de igualdad con los Gobiernos, en lo concerniente a la actividad legislativa. Si la función primordial de un Parlamento es esa actividad, la Asamblea de Estrasburgo deberá considerarse, a partir de la aprobación de la Constitución, como un socio con plenas atribuciones. Es cierto que las cosas ya son así en muchos campos, desde que el Tratado de Amsterdam amplió las posibilidades de co-decisión, pero el procedimiento se convertirá en ordinario con estos planteamientos.

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En los principios, si no siempre en los hechos, es un cambio de marca, que consagra como en todas las democracias parlamentarias el papel esencial del Parlamento en la aprobación de las leyes. Pero ese papel, a diferencia de lo que ocurre en las Asambleas nacionales, lo compartirá con el Consejo. Como la UE no es un Estado federal, los parlamentarios europeos no pueden pretender el monopolio legislativo, sino que tendrán que trabajar con los representantes de los Estados en Consejo de Ministros. Eso no obsta, como subraya el ex presidente francés, Valéry Giscard d'Estaing, presidente de la comisión que redactó el proyecto de texto constitucional, para que la Asamblea se convierta en un Parlamento real. La propia Asamblea ya saludó en septiembre ese avance fundamental en el refuerzo de la legitimidad democrática de la Unión. Es verdad que quedan campos en los que no opera el sistema de co-decisión y por ello no cabe hablar de co-poder legislativo integral, como señala el eurodiputado socialista francés Olivier Duhamel: "Se aproxima sin llegar a alcanzarlo. Toda la historia de nuestra joven Comunidad convertida en UE se hace por una extensión progresiva, laboriosa de las prerrogativas parlamentarias". Y esas restricciones afectan a la fiscalidad, la política social, la cooperación policial. La Convención que redactó el texto constitucional no se sintió entusiasmada con estas excepciones. Muchos de sus miembros las criticaron y algunos presentaron enmiendas para derogarlas o limitar su vigencia, pero, en general, los Gobiernos prefirieron mantenerlas.

En contrapartida, el Parlamento recibirá dos nuevos poderes: elegir al presidente de la Comisión, cuyo procedimiento actual se definió en el Tratado de Niza, y que se aplicará todavía dentro de unas semanas para designar al sucesor de Romano Prodi. Este sistema prevé que sea el Consejo quien haga ese nombramiento para que, sólo entonces, el Parlamento vote sobre esa elección. La Constitución establece, en cambio, que el Consejo, teniendo en cuenta los resultados de las elecciones europeas, proponga un candidato al Parlamento, que debe entonces proceder a la verdadera elección, de forma que si el designado no obtiene la mayoría de la Cámara, el Consejo habrá de proponer otro candidato en el plazo de un mes. Hay, por tanto, una elección parlamentaria reforzada con el poder de negar la investidura, como comenta Giscard. La segunda innovación hace referencia al voto del presupuesto. En este caso, la última palabra corresponde al Parlamento cuando haya desacuerdo con el Consejo. Dado que se suprime la distinción entre gastos obligatorios y los no obligatorios, el Parlamento, que hasta ahora sólo entendía de los segundos, ve ampliado su campo de acción. La conferencia intergubernamental, sin embargo, expresa objeciones a este punto.

Un mecanismo que respete el equilibrio entre Consejo y Parlamento ha sido propuesto por la presidencia rotatoria de la UE, primero por Italia y luego Irlanda, y ha habido varias enmiendas. Así, el ministro francés del Interior, Dominique de Villepin, ha insistido sobre la necesidad de que haya una verdadera capacidad de co-decisión entre ambas instituciones, lo que supone, como dijo, prever la existencia de un criterio para resolver las divergencias persistentes.

Un hombre pasa en Atenas ante un cartel en el que puede leerse: "Elecciones europeas, tu voz en Europa".
Un hombre pasa en Atenas ante un cartel en el que puede leerse: "Elecciones europeas, tu voz en Europa".EFE

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