La publicidad que discrimine o veje a la mujer queda prohibida
La futura ley también regula el tratamiento de la mujer en la publicidad. Y dispone que será ilícito utilizar la mujer como un objeto de carácter vejatorio (que se presente de forma particular y directa su cuerpo de forma humillante) o discriminatorio (imagen asociada a comportamientos estereotipados que impliquen discriminación).
El cese o rectificación de un anuncio podrán ser solicitados por la Delegación del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer, el Instituto de la Mujer, las asociaciones de consumidores y usuarios y aquellas que se dediquen a la defensa de los intereses de la mujer. Los medios de comunicación de titularidad pública deberán velar por la protección y salvaguardar la igualdad entre hombre y mujer, evitando toda discriminación.
El presidente de la Asociación Autocontrol de la Publicidad, Félix Muñoz, señaló que esta entidad, que integra a todo el sector publicitario (anunciantes, agencias y medios de comunicación), debe seguir siendo el órgano de regulación para controlar la imagen de la mujer en los anuncios, como ya lo viene haciendo desde hace siete años. Muñoz aseguró que este sistema de regulación ha demostrado ser "práctico y flexible". Aclaró, además, que no representa costes para la Administración y para el usuario, porque lo paga la industria publicitaria. Y recordó que en todos los países vecinos, donde existe un consejo audiovisual, se mantiene un sistema de corregu-lación.
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