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La justicia avala que Sitges no dé licencias para antenas de telefonía

El TSJC afirma que el Ayuntamiento sólo ejerció sus competencias urbanísticas

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado una sentencia que avala la decisión del Ayuntamiento de Sitges de supender el otorgamiento de licencias para la instalación de antenas de telefonía móvil. La decisión se adoptó en 2001 en un pleno municipal y Telefónica recurrió contra ella. Ahora la justicia considera que el consistorio no hizo otra cosa que ejercer sus competencias urbanísticas.

La sentencia puede ser recurrida ante una sala especial de casación del propio TSJC por tratarse de una normativa de derecho autonómico. El tribunal considera que la decisión del Ayuntamiento es temporal y que sólo se pretende regular el emplazamiento de las estaciones base y las antenas de telefonía móvil en el marco de un plan general urbanístico.

Telefónica alegó que la decisión del Ayuntamiento contradecía las regulaciones estatales y autonómicas sobre telefonía móvil, pero la sentencia precisa que "se trata de normativas sectoriales" que coexisten con la competencia municipal de ordenación urbanística.

Otro argumento de Telefónica era que la decisión municipal resultaba ambigua, pero el Tribunal Superior recuerda que se aprobó un plan general en aplicación del cual se adoptó la decisión de no dar licencias para la instalación de antenas de telefonía móvil. Telefónica adujo también que el consistorio había firmado un convenio con la empresa Localret, pero los jueces creen que eso resulta "irrelevante" en el proceso, que fue tramitado por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC.

Igualmente, Telefónica argumentó que el plan de ordenación municipal no se sometió a información pública, aunque el tribunal cree que no era necesario, porque la decisión municipal fue de suspender todas las licencias de edificación, incluidas las de antenas de telefonía.

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